Piso para 4 hermanos

Hola sñr Lopezcollado, le agradecería me sacara de duda ante la siguiente cuestión.

Somos 4 hermanos que en un tiempo no muy lejano heredaremos un vivienda a partes iguales. En principio no se vende ya que un hermano y yo no tenemos vivienda propia.

La cuestión es la siguiente, yo vivo solo pero mi hermano tiene pareja y dice que vivirá

en el piso conmigo y su pareja. La pregunta es la siguiente; si yo no quiero que su pareja

viva en el piso, tengo que ceder o puedo prohibirle la entrada. Decir que los otros dos

hermanos están de acuerdo en cualquier solución acordada por nosotros...vamos,que

no entran en el debate. Vivienda actualmente en Valencia.

muchas gracias.

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Dispone el Código Civil, respecto a los bienes, en su caso una vivienda, de la cual son dueños varios propietarios como es su caso:

Artículo 399
Todo condueño tendrá la plena propiedad de su parte y la de los frutos y utilidades que le correspondan, pudiendo en su consecuencia enajenarla, cederla o hipotecarla, y aun sustituir otro en su aprovechamiento, salvo si se tratare de derechos personales. Pero el efecto de la enajenación o de la hipoteca con relación a los condueños estará limitado a la porción que se le adjudique en la división al cesar la comunidad.

Es claro pues, que su hermano que tiene pareja, es pleno propietario se su parte de la vivienda y puede disponer de esa parte en la forma que estime oportuna y una de esas formas de disponer es permitiendo que su pareja conviva con él.

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