Herencia

Espero poder explicarme bien. Mi novio y yo nos vamos a hacer una casa en un terreno que es de su madre el terreno es rústico y nos admiten hacer la casa porque ella está apuntada en la agraria.Nos dicen que el terreno y el inmueble irán a nombre de la madre y que ella haría un escrito donde nos deja hacer allí el inmueble. Tengo un montón de dudas, ¿cómo queda reflejado que el inmueble lo pagamos nosotros mediante un préstamo hipotecario? En caso de separación quisiera saber que me correspondería, ya que lo más justo sería la tasación del inmueble en ese momento. Ella dice que la donación del terreno a suhijo y supongo que del inmueble se la harán pasados tres años que es el tiempo que se necesita pa ra estar apuntado en la agraria. No sé si me he explicado bien, espero tener noticias tuyas

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Siento el retraso porque hemos estado de fiesta aquí en Logroño y me he ido unos días de vacaciones.
Lo que me cuentas es un dificultoso entramado, producto de mezclar "churras con meninas" para poder hacer las cosas, así, de cualquier manera. Pero, hay veces que hay que aprovechar las ventajas que se tienen con algunas cosas para poder obtener otras.
En primer lugar y en puridad: cualquier bien que se transmita por herencia o donación es PRIVATIVO de uno solo de los cónyuges. Así que el terreno de la madre se lo done o lo reciba por herencia, va a ser siempre de él.
Veo no obstante, que la edificación va a ser adquirida para la sociedad conyugal, que será la de gananciales, supongo, de eso no hay duda.
Imagino que no rezará en ningún momento que el préstamo está a vuestro nombre, y que la declaración de "Obra Nueva" para dar de "alta" la edificación en el Registro de la Propiedad, tampoco lo estará.
Debéis hacer por tanto un documento privado en que recojáis la obligación de subrogaros en el préstamo una vez que queráis ponerlo todo a vuestro nombre, indicando que el préstamo lo pagáis vosotros, porque realmente la casa la estáis comprando vosotros. Ahí ya figuraría el valor del inmueble, que no del terreno.
A ese documento deberían de añadírsele los justificantes de pago del préstamo mes a mes, para justificar que lo estáis pagando vosotros aunque esté a nombre de su madre.
Espero que no te separes. Y que si lo haces, no lo hagas en este momento, porque si hay que "liquidar el régimen ganancial", aunque con ese documento quede claro que la casa es vuestra, en un primer momento es sobre todo del banco, por lo que el activo a dividir sería muy poco: la subida del valor de la edificación en el tiempo de contratáis hasta que os separáis, a lo que se le resta lo que queda de pagar de deuda hipotecaria. Y son cuatro duros.
Te has explicado muy bien y espero que yo también.

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