Compra de piso en régimen de bienes gananciales

Yo estoy casado en régimen de bienes gananciales y tengo el suficiente dinero para comprar un apartamento.
Mi pregunta es,¿? Si pudo hacerlo yo solo sin consentimiento de mi mujer. La compra se efectuaría al contado y ya se que la mitad del apartamento le pertenece a ella, pero lo que necesito saber es si puedo escriturarlo sin necesidad de que ella tenga que firmar nada.

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Usted podrá comprar por sí solo lo que tenga por conveniente, pero lo podrá hacer únicamente en documento privado porque nunca el notario registrará el negocio jurídico estando usted casado en régimen de gananciales.
El art. 1315 del Código Civil, establece que el régimen económico del matrimonio será que los cónyuges estipulen y el que ustedes estipularon es el de gananciales, y para hacer lo que usted pretende y llevarlo a la notaría y al Registro de la Propiedad han de otorgarse capitulaciones matrimoniales o disolver el vínculo existente.
Ruego cierre y valore
Por lo que he podido entender, puedo comprar el piso, pero no puedo  hacer las escrituras?
Puede, pero de nada le va a servir, porque al no estar inscrito y nunca lo estaría a su nombre exclusivamente, el vendedor podría vendérselo a un tercero, éste lo inscribe en el Registro y usted se ha quedado sin vivienda, o constituir una hipoteca, o pignorarlo. Por consiguiente no sé que beneficio sacaría con ello.
Ruego cierre y valore

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