Plus Transporte

Ante todo gracias por leer mi pregunta.
La duda que tengo es yo estoy trabajando en un cliente en Madrid y éste cliente se traslada a Tres Cantos, el convenio que tengo es el de Consultoras de Planificación ... Y he leído que por nos deben pagar 0,17 céntimos por kilómetro.
¿La empresa nos ha dicho que no nos va a pagar el transporte y me gustaría saber qué podemos hacer? Si podemos negarnos a ir al cliente en el caso de que no nos paguen el transporte.
Agradecería que me respondieses y me dijeses legalmente si nos lo tienen que pagar.
Muchas gracias
Respuesta
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Entiendo que legalmente te correspon de acuerdo con el art. 29 del XIII Convenio Colectivo Estatal de Consultorías y Planificación que fue modificado en sus tablas salariales el 20 de marzo de 2003.
El la siguiente página tienes el texto integro del convenio y la modificación salarial.
http://www.derecho.com/xml/disposiciones/trini/disposicion.xml?id_disposicion=59534&stylesheet=convenios/trini/disposicion.xsl
Efectivamente indicaba 0,17 euros por Km que ahora serán 0,18 por la modificación.
Nunca te niegues a una orden empresarial ya que podrías incurrir en abandono del trabajo, por ejemplo, pues el empresario puede decir que no te lo paga y luego pagártelo.
Documentaté, es decir guarda copia de tus desplazamientos y si posteriormente no los pagas puedes reclamarlas mediante demanda por cantidad.

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