Compra de piso

Me gustaría que si es posible me respondieran al siguiente problema que se me ha planteado. Soy un inquilino con renta antigua, con contrato de alquiler del año 1.967, que me subrogué en el contrato que tenía mi padre hace ocho años (antes de que entrase en vigor la legislación actual). Pago una renta de 2.197 ptas. Mensuales, actualizada con el I.P.C. Anual, puesto que mis ingresos no permiten al propietario la actualización de la renta más que de esta forma.
El propietario es dueño de todo el inmueble en el que vivo, y tiene intención de venderme a mí y al resto de los inquilinos del inmueble el piso donde vivimos, según nos hemos enterado.
A la hora de venderme el piso, ¿puede pedirme por él el valor que quiera, o por el contrario, tiene un tope legal al que debe ceñirse?
Muchas gracias por su respuesta.
Respuesta
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No hay tope legal alguno. El precio de la compraventa es de libre contratación entre las partes. Tu tienes que decidir que te interesa más o comprar por el precio que el dueño te indique; o seguir como inquilino con renta antigua.
Mi consejo es que compres, pues la Ley de Arrendamientos Urbanos puede cambiar y verte en la calle.

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