Tengo una pregunta sobre lo penal

He cometido una falta de hurto por valor de 817 euros,no tengo antecedentes penales,las joyas han aparecido y se les ha sido devuelto a su dueño a parte se le ha pagado el dnero a las tiendas donde se vendieron.
¿que condena podria caerme?
si retiraran la denuncia ¿todo quedaria normal o tendria que ir a juicio?

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Respuesta
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Tratándose de 817 euros no es una falta sino un delito, el hecho de que hayan aparecido los bienes y se haya pagado su valor no evita la celebración del juicio, en su caso estarái cumplida la responsabilidad civil pero no la penal
Si se trata de un hurto el art 234 del CP señala: El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraído excede de 400 euros.
Si no tiene antecedentes y es condenado la pena quedaría en suspenso, siempre que en el plazo que fije el juzgado no vuelve a delinquir
Aunque retiren la denuncia el fiscal continuará con la acusación
Será el abogado que designe o en su defecto el que le asignen de oficio quien deba determinar que defensa realizar

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