Despido - Desplazamiento y Embarazo

Mi empresa ha sido adquirida por otra y parece ser que en la negociación se ha vendido la empresa con por personas menos, entre las que previsiblemente me encuentre.
Se rumorea que la oferta de la empresa hacia estos trabajadores que no pasan a la nueva sea un desplazamiento a otra empresa del grupo (sin contenido de tareas o destino no interesante) para que si no aceptas el desplazamiento, el despido sea procedente.
Yo estoy embarazada y espero dar a luz en septiembre. Hasta ahora no me he cogido ningún día de baja.
MI pregunta es: ¿Cuál es mi situación /derecho ante el despido/desplazamiento del puesto de trabajo?
¿Cómo influye si me cojo la baja?. ¿Tengo alguna opción para que por lo menos esté de alta hasta que de a luz y me coja la baja maternal?

1 respuesta

Respuesta
Supongo que la empresa nueva debe tener los datos de todos los empleados, aunque no está de más que remitas la comunicación escrita adjuntando certificado médico de tu estado de embarazo. Normalmente a cualquier trabajador le corresponde una indemnización si no continúa con la nueva empresa. Con respecto a la nuevas tareas que te pueden asignar debe mediar consentimiento del trabajador ya que es una modificación unilateral del contrato de trabajo, y de no aceptar el trabajador debe mantener sus mismas tareas o si es despedido le corresponde indemnización también. En tu caso es especial, por eso mismo digo que comuniques tu estado a la nueva empresa ya que si te despiden, se presumirá que es por embarazo y te corresponde además de la indemnización por antigüedad, la indemnización agravada que es mucho más dinero. No sé cómo son los plazos y el dinero en España pero en Argentina si te despiden dentro de los 7 meses y medio antes del parto y dentro de los 7 meses y medio después del mismo se presume que es por embarazo salvo que el empleador pueda probar que fueron por otros motivos(Difícil tarea por no decir casi imposible), y te dan la indemnización por antigüedad más un año de remuneraciones. Puede que sean distinto en España, pero el sistema de protección es el mismo ya que los principios protectorios al trabajador son lo mismo para todos.
Muchas gracias por tu respuesta.
Yo entiendo que la que me despide es la empresa antigua, ya que esta es la que no me ha vendido a la nueva y la que me va a recolocar. Esta empresa ya sabe mi estado ya que, además de que es evidente físicamente, he entregado varios justificantes de ginecólogo y matrona por asistir a su consulta.
¿Qué me recomiendas?
Continuá con la empresa nueva, se trata de una subrogación de trabajadores, continuás por ley con los mismos beneficios que tenías con la anterior, de no continuar, se interpretaría que renunciás, o sea, voluntariamente abandonás el trabajo por lo tanto no genera indemnización. Claro que si en la nueva empresa, arbitrariamente te sacan beneficios, te someten a peores condiciones de trabajo, cosa que no pueden hacer, podes intimarlos mediante carta documento a que cesen con esa actitud y que te devuelvan las condiciones que gozabas anteriormente, si pasado cierto plazo razonable no cambian de actitud, te podes considerar despedida(son casos de despido indirecto por incumplimiento del empleador) y sí genera indemnización correspondiente por antigüedad y en tu caso se suma la indemnización agravada. Cualquier problema que tengas eventualmente, acudí al sindicato, si no ves que no hacen nada(como siempre) acudí al Ministerio de Trabajo, y sino contratá a un abogado y recurrí a la justicia ya que es la medida más drástica que podes tomar.

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