Embargo

Hola. Quería hacerle unas preguntillas de tema legal si no es mucho molestar... A ver le explico:
Yo tengo un piso a medias con mi ex y desde febrero se ha dejado de pagar. La hipoteca esta con el BBVA y los padres de él están como avalistas. El banco ya me ha llamado varias veces reclamando la deuda (imagino que a él también le han llamado) y yo ya les he dicho que no puedo pagar, entonces me dijo que si este mes no había ingreso pues que en mayo lo pasaban a los abogados para iniciar el proceso judicial. Yo sé que lo primero que harán será embargar el piso, tasarlo y subastarlo. Si lo tasan por menos dinero que hipoteca tiene la diferencia hay que pagarla. En caso de que siga para adelante la cosa y no paguemos sé que tendremos que pagar esa diferencia más las costas del proceso, y cuando se dicte sentencia sé que a mi me embargaran el 30 % de la diferencia entre mi sueldo y el sueldo mínimo embargable. Vale... Mis preguntas son: ¿De los avales en que sentido tiran de ellos? ¿Si los avalistas tienen una casa que le queda poco por pagar tiran de ella? ¿Si tiran de ella y con el piso se quedaría la deuda saldada? En el caso de que no y a mi me embarguen la parte esa del sueldo, ¿cómo proceden a embargarmela? ¿A través de mi empresa que me lo descuenta directamente en nomina o de que manera? Yo tengo mi cuenta actual en UNICAJA, ¿esa cuenta pueden tocármela? Es decir, ¿podrían bloquearme el saldo que tenga ahí ahorrado?
Se que son muchas preguntas pero estoy viendo que este tema va a ir pa juicio.
Como ya me resolvió muy bien otra cuestión que le consulté hace tiempo vuelvo a preguntarle otra vez.
Muchas gracias

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1º El tema de como van a ir a por los avalistas es algo que depende del acreedor, que tiene la opción de reclamar a los deudores o ir a por los avalistas, que responden en los mismos términos que los deudores, no puedo anticiparle cual será la elección del banco
2º El embargo de sueldo se hace directamente a través de la empresa
3º Respecto a la cuenta corriente, debe usted ir retirando el salario conforme lo vayan ingresando, si llegan a embargar cantidades ingresadas una vez retenido la parte de embargo de la nomina podrá presentar recurso en el juzgado justificando su carácter de salario inembargable para anularlo

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