¿Es un contrato civil?

Me gustaría conocer qué categoría jurídica es un pacto de indemnización por despido: ¿Se puede considerar un contrato civil? ¿Cabrían las mismas causas de nulidad que las marcadas en el 1301 CC? Si no es así,¿Hay posibilidad de revocarlo de alguna manera? ¿Plazos?
Tras 1 año y medio de "tramitación" una sentencia del Contencioso administrativo ha anulado la subcontrata que había entre mi empresa y la administración, por lo que cabría entender que hubo cesión ilegal de trabajadores (la demanda la promoví yo).
Al haber sido despedido no puedo solicitarlo, salvo que se anulara el pacto indemnizatorio y se retrotrayese todo al momento de la firma del pacto.
¿Es posible de alguna manera? De ser un contrato civil, se alegaría error en el consentimiento.
Gracias.

1 Respuesta

Respuesta
1
Es bastante complicado anular ese pacto indemnizatorio, en principio si serían aplicables las reglas que rigen la nulidad de los contratos por vicios del consentimiento (error, dolo violencia o intimidación)
Para que se aplicable el error anulando el consentimiento es necesario demostrar que con el contrato se quería una cosa distinta de la que en realidad se contrató
El dolo en cambio supone el empleo de engaño por la otra parte para que firme el contrato, sin cuyo engaño no lo hubiera firmado
Es muy complicado anular un contrato por estos motivos
Gracias.
Si que veo que es complicado, pero dado que la sentencia judicial añade una información nueva, imposible de conocer en ese momento respecto del desarrollo de la relación laboral, puede ser que funcione

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas