Reclamación de herencia

Acabo de enterarme que mi padre (fallecido hace 22 años) tenía otro hijo. Nunca tuvimos noticias de él pero me ha llamado una persona que dice ser su abogada diciendo que van a reclamar la parte de la herencia que les corresponde. Mi padre hizo testamento dejando usufructuaria a mi madre y a mi hermano y a mí como herederos (no se sabía nada de ese primer hijo). Hace 11 años vendimos el piso que tenían mis padres y mi madre se vino a vivir conmigo. Todo ello queda reflejado en las escrituras donde consta lo que nos correspondió a mi hermano y a mí. ¿Qué puede pedirnos?. Teniendo en cuenta que mi madre sigue viva, ¿tiene derecho a solicitar algo siendo ella usufructuaria?. Gracias de antemano por su respuesta.

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Para poder reclamar la parte que le corresponde en la herencia de su padre primero deberá demostrar que es su hijo, si no está reconocido como tal deberá iniciar un proceso de filiación, en el que podrá pedir pruebas biológicas para demostrarlo
Solo en caso de que se reconozca la paternidad tendrá derecho a la herencia
Habiendo transcurrido tanto tiempo desde el fallecimiento del padre la reclamación la va a tener muy complicada, en ese caso lo que le aconsejo es que acudan a un abogado que primero evite el reconocimiento de la paternidad y en su caso y atendiendo a la posible demanda que presenten estudie la forma de evitar la impugnación de ese testamento
Sin haberse presentado demanda todavía ni conocer con detalle todas las operaciones que se hicieron no puedo concretarle que es lo que le correspondería, será el abogado a quien acudan quien deba estudiar con detalle su caso y concretarle esta duda
Es hijo reconocido porque tiene sus apellidos. Mi padre testó a favor de mi madre como usufructuaria de todos sus bienes y nombró herederos a los dos hijos que tenía con ella. Mi madre todavía vive y nos regimos por el derecho foral de Vizcaya. ¿Cuál es la legítima en estos casos?, ¿Le correspondería mäs?. Está claro que mi padre sabía de su existencia y no le nombró heredero por decisión propia.
Desconozco la normativa foral de su comunidad autónoma, pues no ejerzo allí
Deberán ponerse en contacto con un abogado de su localidad para que pueda concretarle cual es el porcentaje que le correspondería a esa persona como legítima

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