Multa por no encender las luces

¿Hola ayer me pusieron una multa de 200? Por no tener encendido ningún tipo de alumbrado cuando circulaba por una vía interurbana, a mi entender había suficiente luminosidad.
Efectivamente el sol se había puesto
Me vieron a las 7.20 de la tarde y entre que te adelantan, paran(era un coche camuflado) piden documentación y etc, etc en la notificación pone las 7:35.
¿Merece la pena intentar recurrirla? ¿O pago los 100? Por la reducción en el prontopago, al menos no me retiran puntos.
Gracias de antemano
Respuesta
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Usted esta obligado a poner el alumbrado, desde el anochecer al amanecer y en estas fechas esta dentro de esos limites... Esto no es una interpretación que usted pueda hacer y más cuando reconoce que el sol se había puesto.
Le recomendamos pague la sanción con reducción.
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La llamada claridad civil es ese momento entre la puesta de sol y el tiempo en el que se puede leer un libro sin apoyo artificial.
La visibilidad también es factible para la conducción. Otra cosa es que la normativa obligue a encender las luces nada más ponerse el sol, cosa que desconozco.
Me lo podría aclarar.
La normativa habla de la obligación de tener encendido el alumbrado de los vehículos desde el anochecer al amanecer, ademas de en otras circunstancias o cuando la visibilidad sea baja. Algunos vehículos todo el día.
Por lo tanto, usted esta obligado a tener encendido el alumbrado. Y le recomendamos pague la sanción, pues tiene pocas posibilidades de ganar el recurso y perderá el derecho a reducción.
Ademas, a de tener en cuenta, que el alumbrado no solo sirve para que usted vea, también para ser visto.
Agradecemos valoración de la respuesta.

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