Negociar despido

Buenas, quiero negociar el despido para que me arreglen los papeles del paro por circunstancias personales me he tenido que desplazar a otra provincia a 1000kms. De mi trabajo y empresa, y quería saber como se puede hacer desde la distancia sin tener que desplazarme allí, no va a ser posible que vaya allí en mucho tiempo, necesito ayuda por favor, ampliaré información necesaria, gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
Si ya se ha trasladado de domilio, imagino que loo ha hecho estando en periodo de vacaciones o que ha solicitado algún tipo de permiso, ¿no? Si ud abandona la empresa causando baja voluntaria, no pueder acceder a la prestación por desempleo. Si les explica que solicita la baja voluntaria por un problema personal pero que necesita cobrar la prestación, ellos le tendrán que hacer el papeleo como si la despidieran pero sin cobrar ese despido improcedente de 45 días por año. Esto es bastante complicado de realizar puesto que las empresas no suelen querer hacerlo porque puede suponer un fraude, sin embargo, explíqueles el motivo y a ver qué dicen. La liquidación se debería realizar como despido, por eso lo complicado de su situación, pero puede mirar de pedir un cambio de lugar de trabajo si estamos hablando de una empresa que tenga varias sedes en el territorio, o una excedencia que le reservaría el derecho a volver a su puesto de trabajo pasado un mínimo de 1 año aunque no podrá tampoco cobrar la prestación. Como le digo, es prácticamente imposible que, si ud se marcha voluntariamente le arreglen ese papeleo, pero es una respuesta que debe darle la empresa. Siento no poder ayudarla más.
Yo estoy en periodo de vacaciones a 1000kms. De mi residencia habitual y de mi trabajo, hasta el día 24 que supuestamente me tendría que reincorporar me han dicho en la empresa que me pueden arreglar el papeleo desde la distancia, la cuestión es como hacerlo si por ejemplo ahora estoy en la provincia de cádiz y la empresa/residencia habitual está en guipúzcoa, ¿cómo se tramitaría?.. llevo 8 años en la empresa y supongo que me propondrán despido objetivo con indemnización "fantasma" que no cobraré pero tendré derecho a solicitar prestación por desempleo, ¿no es así?... a ver si me lo puedes aclarar porque ésto es nuevo para mi y no sé a que derecho me atengo, gracias
Si la empresa está dispuesta a realizar ese despido, como bien denominas, fantasma, fantástico para tu situación puesto que te darán "el papeleo" y podrás optar a cobrar la prestación por desempleo presentado el certificado de empresa en la oficina del INEM y haciendo efectivo el cambio de residencia.
En cuanto a la indemnización que sí corresponde sería: parte proporcional de las pagas extras, salario del tiempo trabajado y vacaciones (en este caso ya las está disfrutando).
Ponte de acuerdo con la empresa para que te envíen, vía postal, la carta de despido y la liquidación que debes firmar y volver a remitirla una vez firmada, quedándote con la copia y con el certificado de empresa que es lo que se necesita para acudir al Inem y solicitar la prestación. Por el tiempo cotizado tienes un máximo de desempleo:
Desde 1980 hasta 1159 días 660
Desde 2160 días 720
Según las tablas del inem. Cualquier cosa que te quede en duda, pregúntame otra vez. Suerte y un saludo.
Muchísimas gracias por la respuesta, me ha quedado más claro, pero me gustaría finalmente consultarte algo respecto a la firma del finiquito:
Puede alguien en mi lugar, ¿con un poder que he dejado firmado a sabiendas de que se podría dar alguna circunstancia de éste tipo firmar por poderes otorgados (P.P.) o en ausencia (I.A. -in absentia) y enviarme ya la copia que necesito para tramitar con el inem?
Éste poder es una hoja donde yo autorizo a una persona a retirar, firmar,.. etc por mi todo lo que me cocierne en mi ausencia
Y por lo demás, pues muchas gracias, ha sido de gran ayuda
Si ya has sido previsora y has dejado ese poder a la persona que quieres que te represente en ese acto, no hay ningún problema, podrá firmar en tu nombre y recoger los papeles. En cuanto al dinero, imagino que lo harán por cuenta corriente, sino, y si lo has dejado también previsto, podrá realizar todas esas gestiones en tu nombre y representación si está debidamente autorizado.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas