Gananciales

Buenas tardes, experto.
Mi madre heredó unas propiedades por las que ha tenido que pagar una alta cantidad relativa a derechos de sucesión. Para hacer frente a ese gasto, mis padres pidieron una hipoteca, la cuál pagaron a base de una cuenta de gananciales. ¿Al separar la sociedad de gananciales debe mi madre devolver la mitad del coste de dicha hipoteca a mi padre como si se hubiese tratado de una mejora adquirida en el matrimonio?
Un saludo y gracias.

3 Respuestas

Respuesta
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Efectivamente la cantidad pagada por la sociedad de gananciales para un gasto de carácter privativo como son los impuestos sucesorios para la adquisición de bienes privativos (lo adquirido por herencia tiene carácter privativo) debe ser traída a la sociedad de gananciales en el momento de la liquidación para computarla en la parte que le corresponde a quien se haya benificado de ella
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En principio, y atendiendo a la buena fe de las partes ( pues lo más seguro es que no haya constancia de que la hipoteca en su momento se pidiera para dicho pago), entiendo que si.
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Entiendo, salvo mejor opinión, que sí, salvo que los bienes heredados pasaran a formar parte del patrimonio ganancial, que entiendo que no fue así.

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