Privación patria potestad
Buenos días de antemano agradezco su atención pues es de suma importancia para mi, tengo un bb de 2 años y medio, resulta que yo realice una demanda por alimentos en una comisaria y luego al no ver solución me remitieron al juzgado, del cual tampoco hubo solución porque el demandado no tiene una estabilidad económica el ya le debe al bb 28 meses de cuota alimentaria y no se interesa por el, el defensor me dijo su caso no tiene caso, por que es un hombre que no se le puede embargar nada y no hay de donde porque no tiene la solución que le doy ya es de cárcel o realizar una privación de patria potestad, así que yo estoy actualmente en este proceso, se realizo un 315 citación personal, la cual no se presento durante los 5 días estipulados ahora se realiza un 320 notificación por aviso, la defensora me dice que si no se presenta en ese tiempo, se le tiene que nombrar un curador, abogado y que como yo no tengo el dinero para pagarle a el el abogado para que lo defienda ese día realizaran un amparo de pobreza, mi pregunta es ese amparo de pobreza, al yo ser la demandante se lo tengo que pagar, para que se realice el proceso, es el colmo que yo poniendo la demanda tenga que pagar antes para que lo defienda a el sino a respondido todo ese tiempo, es algo malo eso del amparo de pobrez en que me beneficia ami, mil gracias
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Respuesta de jmastrafico