Toldos en fachadas

Mi pregunta va de lo siguiente:
Tenemos una comunidad de propietarios en un bloque de 6 viviendas y uno de los propietarios quiere poner unos toldos en la fachada. El bloque, aunque es independiente, está adosado a otro que ya tiene los toldos puestos de una determinada forma y color. ¿Puede este propietario, por sí solo, poner la clase y el color de toldo que quiera? En caso de que lo ponga y algún propietario no esté de acuerdo ¿Qué opciones tendría para que lo quite?.

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Estimado amigo/a:
La cuestión que me planteas se contesta teniendo en cuenta que se trata (la fachada) de un elemento común. Si como elemento común que es se trata de decidir la colocación de un elemento que modifica su configuración y/o estética, estaremos hablando de una modificación de las que requieren cuando menos mayoría. Según una interpretación estricta incluso unanimidad.
Por tanto y evidentemente la colocación de un toldo sin solicitar autorización es un acto reprobable y que se puede exigir judicialmente su retirada.
Mi consejo es una reunión en la que se acuerde una norma sobre estética y en la que conste la reprobación por la instalación y el requerimiento para que modifique el color forma y configuración para adaptarlo a la norma general habida cuenta de que en el peor de los casos debió solicitar autorización.
Att.
Carlos Pérez.
Administrador de Fincas.
Valencia.

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