Cúratela

Mi madre es curadora de mi hermano, mi pregunta es: ¿Cuándo ella fallezca paso yo a ser la curadora de mi hermano como único familiar directo? Gracias.

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La cúratela es una responsabilidad personal, bajo ningún concepto se hereda. Usted está facultada para ser ejercer la cúratela de su hermano por el hecho de ser pariente en segundo grado (el primer grado es su madre), pero solo si voluntariamente acude al juzgado a pedirla. En otro caso, las instituciones han de completar la capacidad de su hermano, sin que usted tenga ninguna obligación al respecto.

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