Cambio de apellidos

Buenos días:
Mi mujer quiere cambiar el orden de sus apellidos, pero sus otros 3 hermanos no quieren, ¿mi pregunta es podría cambiárselos ella sola?
Y si es que puede le traería problemas a la hora de obtener una herencia del padre, ¿al no tener los mismos apellidos que sus hermanos? '
Un saludo, gracias

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Cambio de apellidos
Requisitos:
Para que se autorice debe acreditarse:
1º Que el afectado por el cambio usa y es conocido por el apellido que solicita. Ese uso y conocimiento no puede crearse intencionadamente para conseguir el cambio.
2º Que los apellidos nuevos pertenecen legítimamente al interesado.
3º Que los apellidos que resulten del cambio, no pertenezcan a una sola línea, sino que sean uno de la paterna y el otro de la materna.
Estos son los requisitos generales, pero las normas del Registro Civil tienen en cuenta determinados casos en los que algunos de dichos requisitos no son exigibles:
No es necesario que concurra el primero de los señalados cuando se trate de apellidos que sean contrarios al decoro o que ocasionen graves inconvenientes o cuando exista riesgo de que desaparezca un apellido español, riesgo que no puede referirse o reducirse al ámbito de una familia, sino al general español.
No es necesario que concurran ninguno de dichos requisitos cuando se den circunstancias excepcionales, supuesto éste, en el que existe un procedimiento especial.
Tampoco es necesario que concurra ninguno de los requisitos en el caso en que el solicitante del cambio de apellidos sea objeto de violencia de género, habiendo obtenido alguna medida cautelar de protección judicial, y en cualquier supuesto en que la urgencia de la situación así lo requiera.
Requisitos comunes:
Puede solicitar el cambio todo aquel que tenga una causa justa para ello si la modificación no perjudica a terceras personas.
El cambio de apellidos se realiza, previo expediente instruido por el encargado del Registro Civil del domicilio del interesado y la competencia para resolver corresponde al ministro de Justicia y, por delegación, a la Dirección General de los Registros y del Notariado.
La inscripción del cambio de apellidos se realiza en el Registro Civil donde conste la inscripción de nacimiento.
Puedes ver todos los requisitos aquí: http://www2.mjusticia.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1214483962185/Detalle.html

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