Embargo

Hola, mi situación es la siguiente, mi padre se separa de mi madre hace muchos años yo soy una hija que vive con mi madre la cual llevo todos los gastos y necesidades de ambas es decir manotencion de la casa y de nosotras, el detalle es que nos ha llegado un aviso de embargo dentro de 24 horas por una deuda de mi padre, el cual tiene como nombre de el la casa sobre esa deuda nos van a embargar la casa mi pregunta es procede y en que forma se hará ya que los muebles que ahora cuenta esa casa le e invertido yo y no el, pero pues dice el documento de cobranza que se cobraran con el imueble que uso como aval, el cual el dio como aval el pago del predial de la casa. Que se puede hacer ya que muebles no quieren y la cantidad a deber es de 7 mil y fracion y según por intereses serán 20 mil más, que puedo hacer para que no nosechen a mi madre y a mi.

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Primero hay que confirmar detalles:
1.- Si el inmueble está a nombre del padre al 100% y ese bien se adquirió antes del matrimonio, es de él y pueden embargarlo. Sin embargo, es necesario que a ustedes les llegue un aviso firmado NO por un despacho de cobranza, sino por una orden judicial. Si un Juez no es quien les ordena el desalojo, ellos no pueden hacerles algo. Se requiere orden judicial y que se les haya avisado con días de anticipación que existe un juicio contra el inmueble, no con 24 horas. Es obligación de ley avisar con varios días que existe un juicio contra el inmueble.
Generalmente los despachos de cobranza trabajan así para cobrar de inmediato. Presionan a la gente para que pague. En realidad, a ellos les sale más barato que ustedes paguen como puedan que hacer un juicio. Se valen del miedo de la gente para cobrar, aunque no sea ético.
2.- Si el inmueble NO está a nombre de él o está a nombre de ambos padres, entonces ella puede objetar el embargo y ellos no pueden embargar del todo, tienen que abrir un juicio en donde la casa sea rematada y se le dé su parte a la señora; no pueden embargar todo y se requiere que ella sea llamada al juicio.
3.- Si el documento no está firmado por un Juzgado, no se preocupen, es un susto para orillarlas a pagar. A ellos no les interesa quién se endeudó, sino quién les va a pagar. Tendrán que darle los datos de él o una manera de contactarlo para que lo presionen para que pague.
4.- Si el documento está firmado por un Juez, hay que acudir al Juzgado, ver el expediente por el que se les relaciona y pedir de inmediato que se detenga todo, ya sea por un recurso o por un Amparo. Tendrían que contactar a un Abogado.
El documento debe tener algún número de contacto y a ese número puden hablar para dialogar y lavarse las manos ya que el problema es de él, no de ustedes. Y, si fuera el caso, que les den tiempo para ver la manera de gestionar ese adeudo y las formas de pago.
Finalmente: Traten de localizarlo a él primero para ver lo que sucede y así tomar decisiones con más calma.
Buena suerte.
Hola gracias por la respuesta entonces creo que aun tengo algo de tiempo, ya que no tienen firma de ningún juez, la siguiente duda es, ¿me puedo amparar haciendo un tipo de contrato de renta de la casa con mis padres? ¿Es decir que ellos desde hace años me la rentan y presento recibos de tal renta? Otra cosa mis padres solo están separados y esa casa la adkirio después de casada, como podría mi madre divorciarse y que le quede la casa totalmente, podría decir que es abandono de hogar o como podría salvar la casa y kedandosela ella totalmente.
Respuestas:
1.- No es buena idea. Para que un contrato sea válido debe inscribirse antes las oficinas correspondientes (tesorería, etc) para que se encuentre registrado y se paguen los respectivos impuestos. Esa declaración debe aparecer en la declaración anual de impuestos y de toda renta se pagan impuestos. Si no está registrado el contrato, podrían meterse en un problema por evasión fiscal.
2.- Si esa casa fue adquirida durante el matrimonio, pertenece a ambos. Para quedarse con ella es complicado. Aparte de iniciar el juicio de divorcio, debe notificarse a él de cualquier manera acerca del divorcio. Durante el juicio es cuando se solicita la casa y sólo se le queda a ella si ella no tiene bienes y él tiene la manera de vivir sin problemas económicos. Sí es probable quedarse con la casa, pero depende todo de un juicio de divorcio y que él no quiera pelear su parte. Aunque sea por abandono, o por alguna otra circunstancia, los derechos de él siguen vigentes hasta que muera o renuncie a ellos.
Pueden sugerir que ella se quede con la casa para poder salvarla, peo ay que saber qué tan interesado está él en que así sean las cosas y si está dispuesto a pagar el adeudo pendiente o dejar que le quiten su porcentaje de la casa y ella simplemente decida reclamar lo que le corresponde como esposa en el juicio de embargo.
Cualquier duda, sigo a tus órdenes.
Agradezco tu visita a mi espacio en TodoExpertos.com
Entonces de nada servirá ni garantiza que se logre la totalidad de la casa con el proceso de divorcio, ya que mi padre pelea su parte y consigue que por ese miedo a embargo siempre terminamos pagando sus créditos que sabiendas de que si embargan quedaremos en la calle., si tal vez podría funcionar la donación de su parte a mi nombre, se salvaría la casa de todo embargos de créditos a su nombre, y cuanto tardaría la donación. Como kedaria la deuda. O que me aconseja hacer para que si pagara este crédito como le hago para quitarle el poder de seguir peligrando la casa y dejarnos en la calle, porque cada crédito que solicita pone de garantía y aval la parte suya de la casa.
Tampoco funcionaría la donación. Se puede hacer la donación ya habiendo pagado la deuda, pero no antes. Si se hace ahora, se le llama fraude contra acreedores.
Debe liquidarse esa deuda y después donar la casa. Se hace mediante un contrato de donación y un Notario les puede ayudar para formalizar el escrito y la intención de todos.
Por lo pronto, hay que pagar y hay que presionarlo para que se haga responsable.
Y hay dos formas de solucionarlo posteriormente:
1.- Que él done su parte a ella o a usted.
2.- Que en el divorcio se quede ella con toda la casa.
Sólo así. Y esto es porque es dueño de esa mitad y con esa mitad puede hacer y deshacer metiéndolas a ustedes en problemas. Obviamente un proceso de embargo por la vía judicial es largo y tedioso y no tan fácil las sacan a ustedes, pero sí es costoso en tanto que deben contratar a un Abogado a cada rato para que las ayude a apelar y a ampararse cada vez que lo necesiten. Es molesto.
Necesian ponerse bien de acuerdo y encontrar la forma de convencerlo de que deje de molestar. O bien, que él ceda su parte o ustedes cedan la suya a cambio de una adecuada cantidad de dinero. Hay que meditar bien cómo lo van a negociar.
Cualquier duda, sigo a sus órdenes.
Muchas gracias por la asesoría, que me a sido de gran ayuda, aunque mi problema no se a resuelto porque no tengo dinero para defenderme aunque si lo tuviese mejor pagaría la deuda y solicitaría no se algún documento el cual obligue a las empresas de negación de crédito a mi padre aclarando que no nos haremos responsable de pagar otro crédito y que la casa quede fuera de forma de avalpara cualquier crédito. Gracias seguiremos en contacto. Esta muy padre y es inmediata la contestación que le dan a cada caso.

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