Irse de la casa

Hola, quisiera saber si en caso de separación, la mujer puede dejar el sitio de convivencia donde vivían antes con su pareja al no poder pagar el alquiler y marcharse a otro sitio más lejos con el hijo, y si así fuese yo tendría que ir a donde este, ¿para las visitas? ¿Cuánto tiempo me pertenece mi hijo? Si me puede aconsejar un poco, gracias

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Respuestas:
1.- Sí, es posible. Si ella no puede seguir, no hay problema, únicamente debe notificar ella al Juzgado que se cambia de domicilio y así poder reajustar las visitas.
2.- Sí, así es, excepto si ustedes puede llear a un acuerdo en donde encuentren un punto intermedio o solicitar que las visitas se realicen en las instalaciones del propio Juzgado.
3.- El tiempo lo determinan ustedes mismos, es decir, con base en el acuerdo al que hayan llegado. Ustedes deciden tiempo y forma siempre. Si no hay acuerdo, el Juez decide.
4.- Yo le sugiero que mantenga contacto con el Juzgado y que todo lo que acuerden sea por escrito y que aparezca en el expediente, así se evitan 'malos entendidos' y todo queda claro y sujeto a la ley. Nadie intentará pasarse o retirarse del acuerdo porque se hizo ante el Juez y no cumplir implica un desacato a un mandato judicial.
¿Cuánto tiempo son las visitas? ¿No son fines de semana? ¿No lo puedo llevar a casa de mis padres?
La duración, el lugar y los días son previo acuerdo entre ustedes. Usted y ella lo deciden y lo firman. Si no se ponen de acuerdo, se pide al Juez que decida. Pero son ustedes quienes deciden, porque la ley no menciona esas especificaciones.

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