Herencia
Hola Buenas noches :
Mi pregunta es la siguiente : hace cuestión de 8 meses falleció mi padre, como herederos directos estamos mi hermana mayor, yo y el hijo mayor de mi hermano, ya que mi hermano y su otro hijo pequeño fallecieron. Mi padre en vida puso de titulares en la cuenta del banco a mi hermana mayor y su hijo y como tercer titular el mismo (mi padre ). La cuestión esta en que mi sobrino por parte de hermano dice que aunque estén de titulares su tía y primo, el dinero se tiene que repartir entre los 3 herederos directos ( mi hermana, yo y el mismo ( único hijo de mi hermano fallecido ), que aunque estén de titulares no les da derecho a quedarse lo referente a su parte por titularidad ).
Yo pienso que si tienen ese derecho y que por ley seria capital total en cuentas 12 millones de pesetas, repartidos de la siguiente forma 4 un titular ( mi hermana ) otros 4 para titular nieto hijo de mi hermana y los 4 millones restantes por parte del titular mi padre repartido entre sus dos hijas y el único hijo de mi hermano también fallecido. Y es aquí donde discrepamos porque según mi sobrino sería : 12 millones de pesetas repartidos entre los 3 herederos directos: mi hermana yo y el mismo independientemente que ellos estén como titulares, percibiendo de esaforma 4 millones cada uno por ley, me podéis confirmar quien tiene la razón, os lo agradecería muchísimo.
Otra consulta que necesito saber es la siguiente, en lo referente a la propiedad heredada por parte de mi madre tenemos que hacer ante notario la confirmación de herederos directos por parte de madre, es decir mi hermana yo y mi sobrino ( hijo de mi hermano fallecido ) La pregunta es : si mi sobrino no acudiese a la hora citada ante notario las dos partes restantes y si presentes es decir mi hermana y yo podríamos hacer la confirmación de nuestro derecho a ser propietarias de dicha casa por mediación de dicho notario y quedaría pendiente la parte de la persona que no se hubiese presentado,( en este caso mi sobrino ) o de lo contrario si esa parte no hace acto de presencia el notario no puede hacer efectiva la acción de otorgar ese derecho de propietarias a las otras dos partes si presentes.
Espero su respuesta y les envío un saludo cordial.
Mi pregunta es la siguiente : hace cuestión de 8 meses falleció mi padre, como herederos directos estamos mi hermana mayor, yo y el hijo mayor de mi hermano, ya que mi hermano y su otro hijo pequeño fallecieron. Mi padre en vida puso de titulares en la cuenta del banco a mi hermana mayor y su hijo y como tercer titular el mismo (mi padre ). La cuestión esta en que mi sobrino por parte de hermano dice que aunque estén de titulares su tía y primo, el dinero se tiene que repartir entre los 3 herederos directos ( mi hermana, yo y el mismo ( único hijo de mi hermano fallecido ), que aunque estén de titulares no les da derecho a quedarse lo referente a su parte por titularidad ).
Yo pienso que si tienen ese derecho y que por ley seria capital total en cuentas 12 millones de pesetas, repartidos de la siguiente forma 4 un titular ( mi hermana ) otros 4 para titular nieto hijo de mi hermana y los 4 millones restantes por parte del titular mi padre repartido entre sus dos hijas y el único hijo de mi hermano también fallecido. Y es aquí donde discrepamos porque según mi sobrino sería : 12 millones de pesetas repartidos entre los 3 herederos directos: mi hermana yo y el mismo independientemente que ellos estén como titulares, percibiendo de esaforma 4 millones cada uno por ley, me podéis confirmar quien tiene la razón, os lo agradecería muchísimo.
Otra consulta que necesito saber es la siguiente, en lo referente a la propiedad heredada por parte de mi madre tenemos que hacer ante notario la confirmación de herederos directos por parte de madre, es decir mi hermana yo y mi sobrino ( hijo de mi hermano fallecido ) La pregunta es : si mi sobrino no acudiese a la hora citada ante notario las dos partes restantes y si presentes es decir mi hermana y yo podríamos hacer la confirmación de nuestro derecho a ser propietarias de dicha casa por mediación de dicho notario y quedaría pendiente la parte de la persona que no se hubiese presentado,( en este caso mi sobrino ) o de lo contrario si esa parte no hace acto de presencia el notario no puede hacer efectiva la acción de otorgar ese derecho de propietarias a las otras dos partes si presentes.
Espero su respuesta y les envío un saludo cordial.
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Respuesta de HYN ABOGADOS
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