Registro de la propiedad

Compre un piso a 2 hermanos que lo habían heredado de sus padres, el problema surge cuando una vez comprado veo que en el registro de la propiedad figura a nombre de sus padres y no al suyo. Ellos se niegan a registrarlo a su nombre para después yo poderlo pasar al mio, aunque sea yo pagándoles los gastos. ¿Qué hacer?

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Creo adivinar que compraste en un documento privado, no fuiste al Notario, y pagaste a tocateja, porque si hubieras pedido hipoteca, el banco no te la hubiera dado sin estar en el Registro a nombre de los vendedores.
Dime si es así, o no. Si es así, te has complicado bastante, la vía sería ponerles un acto de conciliación, o ponerles un juicio para que se hagan herederos.
Si fui al notario, tengo escritura publica y si pague a tocateja, no pedí préstamo al banco
Entonces fue el Notario que no pidió nota simple al Registro antes de autorizar la escritura.
Intenta convencer a los hermanos de que se hagan herederos del piso, si han pasado más de 5 años, ya estará prescrito el impuesto de sucesiones. Gastos de Notario y registro de la Propiedad, y a partir de ahí, inscribir ya tu escritura. De todas formas no veo claro, mira la escritura y dime que pone en TITULO, porque normalmente en la escritura pone ... que son propietarios de un piso sito en ... ref. Catastral... Lo adquirieron por herencia otorgada ante el Notario ... en fecha... INSCRIPCIÓN. Esta inscrito en el Registro de la Propiedad de ... Finca... Tomo... Libro...
Si aún con todo no quieren hacerse herederos, tendrás que hacer un expte. De dominio o un acta de notoriedad.
¿Con el expediente de dominio podre registrar erl piso a mi nombre?
Si. Es competente para hacerlo el Notario del lugar donde esté situado el piso
¿Vale cualquier notario de ese lugar? En la ciudad donde vivo hay unos 5. O tiene que ser el que hizo la escritura de compra-venta, lo digo porque me gustaría ir a otro diferente. Era conocido de los vendedores y creo que no me ayudo todo lo suficiente. Gracias
No hay que desconfiar de los Notarios, yo iría al de la compraventa, le explicaría todo, y quizás no haya que llegar al expte. De dominio ni acta de notoriedad.
Además viendo que fue un fallo suyo el no pedir nota simple al registro de la propiedad se lo tomará más en serio.
Si que tengo que desconfiar, lo que no le conté y si sabia el notario es que los vendedores son 2 hermanastros míos. Yo sabia que no esta en el registro a nombre de ellos, pero confíe en que lo registrarían.
El notario es muy conocidos de ellos, y si voy a el, no me va ayudar lo más mínimo.
Me va a decir que si mi hermanastro no quieren registrarlo, no hay que hacerle
Quizás les convezca y les meta en razón que se hagan herederos, además si ya ha pasado los 5 años, estará prescrito del impuesto de sucesiones
Ya intente convecerles de todas maneras, solo me queda lo legal
Te recomendaría fueras a un abogado
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Doy por hecho que la compraventa que vd. hizo no se ha escriturado en la Notaría, ya que de lo contrario, el Notario habría comprobado que el titular de la vivienda no es quién la transmite. No me dice vd. si ha pagado ya la totalidad de la vivienda o no, aunque supongo que si no ha escriturado todavía, solo habrá pagado una señal.
Si es así, en el contrato de compraventa debería figurar una clausula con arras penitenciales, por la cual si el vendedor incumple con la compraventa, deberá devolver las arras duplicadas. También debería haber un plazo para formalizar el contrato en escritura pública. Con estos datos, requiera vd. al vendedor para escriturar la casa dentro del plazo concedido, poniendo una fecha, y hágale mención de que ha solicitado una nota simple al Registro de la Propiedad donde ha constatado que la casa no está a nombre del vendedor, conminándole a que realice las gestiones oportunas para el cambio de la titularidad o si no ejercerá vd. las acciones legales que le asisten.
Le informo que esas acciones son, o bien rescindir el contrato por incumplimiento, teniendo el vendedor que devolverle duplicada la cantidad que vd. entregó en concepto de sepal, o bien interponer un juicio declarativo a fin de que el juzgado le condene a realizar el cambio de titularidad y la correspondiente escritura a su favor.
Hice la compra en un notario en escritura publica y les pague en efectivo el importe.
¿El en juicio declarativo tendría bastantes posibilidades de logar que les obliguen a cambiar la titularidad? Gracias
Todas las del mundo, y además se les condenaría al pago de las costas causadas, además de tener ellos que correr con los gastos del cambio de titularidad, aunque no me explico como el Notario autorizó una compraventa en la que los vendedores no son los titulares registrales de la finca. No obstante, antes de iniciar un procedimiento judicial, intente vd. el requerimiento a través de burofax, dándoles un plazo de 15 días para que acrediten haber iniciado los trámites. Si no lo hacen, interponga vd. el procedimiento ante el juzgado, aportando el burofax, lo que le servirá para acreditar que antes de recurrir a la vía judicial, obrando de buena fe, ha intentado vd. dar una solución amistosa al problema.
Una ultima aclaración, el piso lo compre al 50% con mi hermano y el no quiere registrar. Puedo yo obligar mediante el procedimiento a los vendedores, y por lo menos que mi hermano me deje registrar mi 50%
Como vd. es dueño, aunque sea un pro indiviso al 50% con su hermano, puede vd. iniciar las acciones para escriturar la casa, aunque si la escritura de compraventa es un documento único donde figuran los dos, ese es el documento que vd. presentará en el Registro de la Propiedad, y por tanto quiera él o no, figurará como titular en el Registro en cuanto vd. lo presente, ya que lo que se inscribe es el documento, independientemente de la voluntad de las partes.

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