Fin de obra

Estoy construyendo una vivienda y soy autopromotora. El arquitecto ha realizado el acta de fin de obra con fecha octubre de 2009 y lo ha entregado en el Colegio. Si bien, todavía no he pagado todas als facturas y algunas de ellas tienen fecha de este año (2010) porque tuve algún problema con las diferentes subcontratas y no les he pagado todavía. ¿TEndré algún problema con Hacienda por ser la fecha de las facturas posteriores al fin de obra?
Además tengo entendido que desde que tienes el fin de obra tienes un plazo de 12 meses para que el nuevo domicilio sea el domicilio fiscal. ¿Se podría ampliar este plazo de alguna manera?
Gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
No vas a tener ningún problema con hacienda por las fechas, porque el final de obra no lo tienes que presentar en hacienda. El final de obra lo único que significa es que la obra se ha terminado.
Respecto al plazo que dices, no lo entiendo muy bien. Si lo que estas construyendo es una casa no tiene por que ser tu domicilio fiscal. Tu domicilio fiscal es tu domicilio habitual, es decir, donde vives.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas