Recurso

Me harías un gran favor si me miraras el recurso que quiero presentar por una multa que me han puesto en el tranvía. ¿Esta correctamente presentada? ¿Tu qué pondrías más o quitarías? Gracias.
D. ...................., con DNI. ..., con domicilio en Calle ... Comparece y respetuosamente, DICE:
Que por medio del presente, interpongo RECURSO contra la SANCIÓN que me fue impuesta por el inspector 10000916 con fecha 19/03/2010, por la que se resuelve interponer una sanción de 50 euros por presunta infracción.
Que por medio del presente escrito queda formulado dicho recurso, acompañando copia de la sanción.
Que deseo realizar las siguientes ALEGACIONES:
PRIMERA. Entiendo que el hecho de sanción resulta improcedente, por cuanto se señala como motivo de su imposición "ver al inspector y validar", ya que las circunstancias me impidieron validar justo en el momento de entrada en el tranvía. Por lo cual expongo lo siguiente:
El día 19/03/2010 sobre las 15:50 horas cogí el tranvía en la parada Palau Reial con dirección Francesc Maciá, pude acceder al tranvía en el ultimo momento justo antes de que se cerraran las puertas, ya que llegue justo antes de que sonara el timbre que indica que se cierran las puertas. Una vez en su interior como terminaba de entrar apresurado no tenia en mano mi billete para validar mi viaje, entonces me dispuse a buscarlo para validarlo. Tuve que descargar la mochila que llevaba en la espalda para poder acceder a mi cartera que siempre llevo en el interior de dicha mochila, una vez descargada la mochila y encontrada la cartera saque mi ticket y valide mi viaje. Las circunstancias que me impidieron validar el ticket nada más entrar y tardar alrededor de unos 20 segundos en validarlo hicieron que cuando validaba mi ticket el tranvía estaba entrando en la siguiente parada del trayecto Pius XII, que se encuentra a escasos 200 metros y por lo tanto son las paradas que se sitúan más cerca la una de la otra en todo el trayecto del tranvía. Al estar los semáforos en verde el tranvía llego en escaso 20 segundos momento en el que yo me encontraba validado mi viaje. Una vez que el tranvía se detuvo y se abrieron las puertas entraron inspectores uno de los cuales se dirigió directamente hacia mi sin reparar en otros viajeros y me pidió el billete. Una vez analizado mediante las maquinas que llevan me dijo que el billete estaba validado, pero como él me había visto desde fuera del tranvía cuando este entraba en la estación validar mi ticket me iba a sancionar. En ese momento le explique lo anteriormente citado e incluso le comente que no había reparado en la presencia de inspectores hasta en el momento que entraron en el tranvía, momento en que mi billete estaba correctamente validado. Le comente que puesto que yo estaba validando mi billete y no me encontraba mirando hacia la estación yo no conocía la presencia de inspectores. El inspector sin atender a mis explicaciones y sin mírame tan siquiera a la cara en el momento de aclararle el mal entendido solo se preocupo por coger mis datos rápidamente para sancionarme, la única respuesta que obtuve fue la de que fuera a recurrir, lugar donde se podría comprobar los hechos y que el no tenia porque creer mis explicaciones.
SEGUNDA. Por lo anterior citado señalo la improcedencia de tal sanción y pido que se compruebe mediante los recursos disponibles que tengan a su disposición los hechos. Pidiendo la revisión de las cámaras de seguridad y el testimonio de otros viajeros.
TERCERA. Según los Fundamentos de derecho, el artículo 2.24.E de la Constitución, expresa la presunción de inocencia en lo que respecta a la actividad probatoria, pues es necesario la existencia de pruebas plenas, suficientes e idóneas sobre la responsabilidad del actor en la comisión de una infracción. Dicho derecho garantiza la efectiva vigencia, asegurando la dignidad del ciudadano presunto inocente, hasta que no se demuestre mediante pruebas plenas, suficientes e idóneas su culpabilidad.
CUARTA. Según el reglamento de viajeros de tranvías del área de Barcelona en su artículo 6. Obligatoriedad del titulo de transporte, cita lo siguiente: "Los usuarios que no vayan proveídos del titulo de transporte válido tendrán que hacer efectiva la percepción mínima que establece la Orden del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de 21 de Diciembre de 2001."
Estarán incluidos en este apartado los siguientes casos según dicho reglamento:
1. No disponer de un titulo de transporte.
2. No haber cancelado el titulo, aunque que se disponga de un
Titulo de transporte válido.
3. Sobrepasar el termino temporal de su validez.
4. Sobrepasar el ámbito de su validez.
En su articulo 9. Obligaciones de los usuarios, el reglamento de viajeros de tranvías del área de Barcelona cita: "El titulo de transporte deberá haber cancelado en el momento de acceso al vehículo, no considerándose válido el titulo sin cancelar, aunque el viajero intentará validarlo con posterioridad a la solicitud del agente."
Por lo cual, se prueba que el viaje era totalmente correcto al no incumplir ninguna obligatoriedad del titulo de transporte, ni ninguna obligación como usuario. Citados ambos anteriormente. Puesto que el ticket estaba validado, se válido lo antes posible en el momento de entrada al tranvía y se válido con anterioridad a la solicitud del ticket por parte del agente.
QUINTA. Se vulnera el articulo 8, del reglamento de viajeros de tranvías del área de Barcelona. Derechos del usuario, el cual cita: "ser transportados con un titulo de transporte válido y ser tratados correctamente por los agentes de la empresa y ser atendidos" Derecho al cual se me privo dado que teniendo un titulo correcto y validado tuve que bajar del tranvía y no puede ser transportado hasta mi destino, tratándome como un vulgar criminal violando así mi derecho 2.24.E de la Constitución, y no ser atendido conforme el reglamento de viajeros de tranvías del área de Barcelona en su articulo 8 indica, por el inspector 10000916.
Por todo ello se ruega que, teniendo por presentado este escrito y las alegaciones que contiene la sanción sea retirada y cuanto demás proceda en justicia en Barcelona, a 21 de marzo de 2010.

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Creo que es más que suficiente. Está muy fundamentada. A veces los inspectores de metro/tranvía son increíbles.

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