Embargos

Hola, he recibido un monitorio de 900euros que si en 20 días no pago me embargan.
Mi pregunta es: si se pueden presentar en mi casa para embargarme por ejemplo, ¿mis
muebles, ordenador, aire acondicionado, etc?
¿Y si tendría previo aviso o se presentarían sin avisar?
Muchas gracias
Respuesta
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¿Qué es el procedimiento monitorio?
Uno de los grandes éxitos de la Ley de Enjuiciamiento Civil ha sido la aparición del llamado procedimiento monitorio, regulado en los artículos 812 a 818 de la citada Ley.
Se trata de un procedimiento previsto para reclamar cantidades de hasta 30.000 euros siempre que la deuda pueda ser acreditada mediante documentos.
La finalidad de este procedimiento es la de favorecer medidas contra la morosidad en operaciones comerciales, resultando especialmente útil para los pequeños y medianos empresarios, así como para todos los profesionales que necesiten disponer de un mecanismo rápido y sencillo para el cobro de sus créditos. Asimismo resulta muy práctico para el cobro a los propietarios morosos de sus deudas con la Comunidad de Propietarios.
El rasgo principal del proceso monitorio es su sencillez, que lo hace susceptible de ser utilizado por cualquier persona, aún cuando no dispusiera de conocimientos jurídicos.
Podrá acudir al procedimiento monitorio quien pretenda el pago de deuda dineraria, vencida y exigible, de cantidad determinada que no exceda de 30.000 euros por encima de tal límite no se puede acudir a este proceso y se deberá acudir a un juicio ordinario.
¿Es efectivo el proceso monitorio?
Sí, y de un modo aplastante. En los casos resueltos, pago del deudor en un 45% y ejecución y embargo en el 39% (Datos de C.G.P.J.).
Necesito abogado, ¿procurador o empresa para solicitar el proceso monitorio?
No, usted mismo puede enviar al juzgado la demanda a través de correo administrativo. Tan sólo necesita de los medios legales y las instrucciones necesarias para poder hacer esto, cosa que ponemos a su disposición.
¿Hasta qué importe de deuda puedo acudir al procedimiento monitorio?
En España de momento la cuantía máxima reclamable por el procedimiento monitorio es la de TREINTA MIL EUROS (¿30.000?)
Hola, pero no ha contestado a mis preguntas, ¿se pueden presentar en mi casa
para ejecutar embargo?
¿Seria con previo aviso?
Gracias
Pues claro que se puedan presentar en tu casa tanto si estas en casa o no porque cuando se ejecuta un embargo no tienen mirantos por nadie van a la casa y hacen todo lo que tienen que hacer y ya esta lo que quiero decir que en el momento de embargar no se lo piensan dos veces lo hacen y punto

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