Fallecimiento antes de escriturar
Mi madre falleció hace unos meses estando pendiente de la entrega de llaves de un piso para el que había dado cantidades a cuenta.
¿Es forzoso hacer frente a los pagos en el momento de la entrega de llaves o el fallecimiento del comprador puede esgrimirse como motivo de resolución del contrato y obtener así la devolución de las cantidades entregadas?
Gracias.
¿Es forzoso hacer frente a los pagos en el momento de la entrega de llaves o el fallecimiento del comprador puede esgrimirse como motivo de resolución del contrato y obtener así la devolución de las cantidades entregadas?
Gracias.
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