Despido laboral

Hola, a final de mes cierra la empresa, en teoría por problemas económicos, en 15 días lo notificaran, ¿en este caso tengo derecho a indemnización? Llevo 7años trabajando aquí, saludos

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En el caso de extinción de la personalidad jurídica de la empresa, será necesaria la autorización de la Autoridad Laboral a través del correspondiente expediente de regulación de empleo que permita a la empresa extinguir los contratos laborales.
En estos casos el trabajador tendrá derecho a una indemnización por importe de 20 días de salario por cada año de trabajo, con el límite una anualidad.
¿Esto seria en el caso de que la empresa cerrara no? Seria la empresa la que me lo tendría que pagar, ¿pero si no tiene dinero que pasa? ¿Seria fogasa?
Si, en ese caso sería fogasa quien se hiciera cargo del pago
Fogasa no pagaría la totalidad de la indemnización, ¿y sabes cuanto podría tardar?
Otra cosa, ¿si la carta de despido es objetiva tengo también los 20dias por año?
Gracias muy amable
Efectivamente la indemnización de fogasa no cubre la totalidad de la indemnización que corresponde por este despido
El despido por cierre de la empresa es despido objetivo por lo que corresponden esos 20 días

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