Trámites tras fallecimiento

Estimada Isabel:
Recientemente ha fallecido mi padre y no sabemos qué trámites tenemos que realizar. Poco antes de fallecer realizó un testamento Del uno para el otro y después para los hijos. Sus bienes se limitan a un piso y al dinero que posee en el banco. La hipoteca del piso está pagada, pero sabemos que no realizó el último paso, ¿creo qué se denomina "levantamiento de hipoteca"? No estoy segura de lo que es. Somos cuatro hermanos y estamos de acuerdo en que todo es de mi madre, pero no sabemos qué tenemos que hacer. Te agradecería mucho que me orientaras. Gracias de antemano.

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No me dices si es en Madrid o en alguna Comunidad Foral, lo que haría que las gestiones fueran diferentes. En cualquier caso, si es aquí en madrid, una vez que tengáis las partidas de defunción que os facilitará la funeraria, tenéis que solicitar un certificado al Registro de últimas voluntades. En ese documento se especificará la notaría y la fecha en que tu padre otorgó el testamento. Una vez que tengáis ese documento, debéis dirigiros a la notaría que figure y solicitar una copia simple del testamento. Con ella tenéis que ir al banco y solicitar el saldo de la cuenta a la fecha de fallecimiento de tu padre, y si no tenéis la carta de pago que acredite que la hipoteca está totalmente liquidada, también tendréis que ir a la entidad bancaria con la que teníais el crédito hipotecario para que os la den.
A partir de ahí, tenéis que realizar un inventario de los bienes existentes, ir a una notaría para hacer un documento de liquidación de la sociedad de gananciales y un cuaderno particional de la herencia, y en el plazo de seis meses, debéis liquidar el impuesto de sucesiones.
Si no estáis muy acostumbrados a las gestiones ante la administración, Ayuntamiento, impuestos, etc.., y además desconocéis el tema hereditario, os recomendaría que os pongáis en manos de un abogado de confianza, que se encargará de todo, y os ahorrará muchos quebraderos de cabeza.

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