Contrato de alquiler

Si los inquilinos firman un contrato por un año y no o cumplen ¿Tiene algún tipo de penalización? Y en el caso que se lleven algo de la vivienda contemplado en el inventario ¿qué puede hacer el propietario?
Gracias
Respuesta
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En caso de incumplimiento del contrato puedes pedir indemnización de daños y perjuicios
En cuanto a lo de que se han llevado algo, puede ser constitutivo de delito de hurto si supera los 400 euros o falta de hurto si el valor es inferior, puedes si quieres reclamárselo antes de presentar denuncia

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