Vecindad civil diferencias Galicia y Cataluña

Vivo en Cataluña y también estoy empadronada desde hace 6 años y como no he hecho la manifistación expresa para adquirir la vecindad civil catalana sigo manteniendo la gallega porque según he sabido hacen falta 10 años para adquirir la nueva.
El caso es que toda mi familia es gallega y me pregunto si mi madre se muriera a la hora de la herencia, ¿me interesaría más tener la vecindad civil gallega o la catalana? Me refiero a la hora de los impuestos que se deben pagar porque me parece que en el caso de la gallega se regula por el derecho civil común y en el otro caso por el foral.

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En principio el criterio determinante a la hora de determinar el pago de impuestos es la residencia no la vecindad civil
Si tu madre fallece en galicia, la sucesión se regiría por las normas del lugar de fallecimiento, que es distinto del pago de los impuestos sucesorios, en estos rige el criterio de residencia
La diferencia no esta en los impuestos sino en el derecho privado, en cataluña rigen normas forales que se aplican con preferencia al código civil y normativa civil estatal, aunque en Galiciia también tienes un derecho foral propio, que no es tan extenso como en Cataluña (así está la institución del derecho de labrar y poseer, especialidades en materia de sucesiones etc)
La elección entre una vecindad y otra debes tomarla teniendo en cuenta tu mayor comodidad, con cual te sientes más identificado
Gracias por la respuesta, pero ¿quiere decir esto que los impuestos son iguales en toda España a la hora de la sucesión?
Gracias de nuevo
No, lo que quería decir es que la vecindad civil no es el criterio determinante de la sujeción a los impuestos, sino el de la residencia
Hay diferencias en materia impositiva en determinados impuestos, las Comunidades Autónomas tienen diversa competencias para regular aspectos de algunos impuestos, así en materia de IRPF tienen capacidad normativa para establecer deducciones, regular la cuota autonómica etc.
En materia del Impuesto de sucesiones, tienen capacidad normativa para regularla, en algunas comunidades autónomas se ha suprimido el Impuesto de Sucesiones para determinados parientes (hijos, padres etc), en cambio en otras se sigue exigiendo

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