Renuncia a participaciones

Hola, a ver si alguien me puede ayudar;
Ya hay una respuesta a esta pregunta, pero a efectos prácticos, ¿a qué se reduce la transmisión voluntaria de participaciones por actos inter vivos? ¿Es un simple apunte en el libro de socios? ¿Hay un contrato? ¿Hay qué ir al notario? ¿Hay qué hacer nuevas escrituras?
Muchas gracias de antemano.
PD La transminsión se hace de manera amistosa y por el precio de adquisición.

1 Respuesta

Respuesta
1
En todo caso habría que hacer documento notarial, que además te servirá para dar fe del día que dejas de ser partícipe y responsable de la SL. A efectos de acreedores, Hacienda, Seguridad Social, etc.
Puedes vender a otro de los socios, habría que ver los Estatutos, o venderlas a la propia S:L. Con lo cual si en los Estatutos dice que no puede tener autocartera, reducir el capital social, si el actual capital social permite esa reducción y no está por debajo del mínimo legal 3.005 E.
Por el valor nominal habría que escriturar.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas