Pago de recibo contribución

Buenas:
He adquirido una vivienda de nueva construcción en Lanzarote hace 2 años, pero al ir al catastro me dicen que todavía no me pueden dar la referencia porque no sale en los planos o los planos no están actualizados o algo por el estilo.
No soy la única en esta situación, por lo visto hay muchas más personas en la misma zona.
Lo que no nos han aclarado es, cuándo nos van a dar esa referencia, si nos van a cobrar los años atrasados, o si empezaremos a pagar el mismo año en que nos den la referencia.
Corren rumores de que se pueden demorar un par de años más, y mi pregunta es:
¿Es legal esto?, ¿Nos pueden cobrar luego esos 4 o 5 años de golpe y porrazo porque si?, la culpa no es nuestra, hemos ido a inscribir la vivienda al catastro pero ellos aún no pueden cobrarnos porque en teoría no existimos...
En resumen me gustaría saber que se puede hacer en estos casos.
Muchas gracias.

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En caso de obra nueva, antes había un terreno con su referencia catastral que pagaba su IBI. Hace falta que el constructor vaya al catastro, presente su escritura de obra nueva, planos, etc, y de donde había un solo terreno, aparecen 15 o 20 pisos cada uno con su referencia catastral y su IBI.
Tenía que ser un proceso rápido, pero suele ir bastante lento, ya que hay que dar un valor catastral a cada uno de los pisos, notificarlo, se pueden hacer alegaciones, recursos, etc. Puede durar 3-4 años.
Y hacienda tiene la costumbre de cobrar los atrasos. Has de saber, que solo deberás pagar el IBI de un año, si el 1 de Enero ya eras propietario.
Si hiciste las escrituras el 2 de Enero de 2.006, te tocará pagar desde 2.007

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