Contrato eventual

Hola. Mi nombre es adriana, soy argentina y mi consulta es la siguiente en caso de que manejes algo de derecho laboral, ya que solo se consigna que eres abogado. A mediados de diciembre de 2007 firmé un contrato para una empresa de empleo eventual, Adecco más precisamente, bajo el convenio 130/75 de Empleados de Comercio. Dicho contrato tiene fecha de inicio pero no de finalización. Sé que lo pueden rescindir en cualquier momento pero me gustaría saber cuanto tiempo puedo estar trabajando con este tipo de contrato, cuantas veces lo pueden renovar hasta verse obligados a contratarte en forma efectiva (en este caso ya no sería Adecco sino la empresa que contrató sus servicios). Gracias

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A ver qué te puedo decir; primero me preguntás cuántas veces pueden renovarte el contrato pero me decís que tiene fecha de comienzo más no de finalización; con esto digo, que para que el contrato sea renovado, primero debe vencer el plazo de finalización, el cual brilla por su ausencia.
Y si hubiere un plazo no pueden renovarlo más de una vez.
Cuestión; es que en base a los datos que me das no se si tenés un contrato por tiempo indeterminado, o un contrato Eventual.
La Ley de Contratos de Trabajo enuncia un principio general en el artículo 90, afirmando que el contrato de trabajo se entenderá celebrado por tiempo indeterminado, salvo que se haya pactado previamente lo contrario, a cuyos efectos es el empleador el que deberá acreditar estos extremos, mediante un acuerdo expreso y por escrito.
Tampoco me decís qué es lo que vos querés o pretendés; pero sospecho que te gustaría ser contratada en forma efectiva.
Los contratos de trabajo siempre tienen plazo, por más que no sea cierto, puede ser una suerte de plazo en especie o en tareas, te explico...
El contrato de trabajo eventual: es el contrato previsto para cubrir un puesto de trabajo en circunstancias excepcionales, cuando las mismas no se puedan establecer con un plazo cierto de antemano, aun cuando el plazo sea finalmente determinado.
Cualquiera sea su denominación, se considerará que media contrato eventual cuando la actividad del trabajador se ejerce bajo la dependencia de un empleador para la satisfacción de resultados concretos, tenidos en vista por este, en relación a servicios extraordinarios determinados de antemano o exigencias extraordinarias y transitorias de la empresa, explotación o establecimiento. Se entenderá además que media tal tipo de relación cuando el vínculo comienza y termina con la realización de la obra, la ejecución del acto o la prestación del servicio para el que fue contratado el trabajador. Se trata de una tarea circunstancial y destinada a agotarse que no admite la expectativa de su continuidad o permanencia.
Es decir, un ejemplo sería que a vos te contrates en Recursos Humanos para que examines la posibilidad de emplear o no a 100 postulantes; ese sería un plazo, en contrato Eventual
Conviene un contrato de ese tipo siempre a un Empleador, por eso la carga de la prueba le incumbe a él.. de manera; que en conclusión, lo que tenés que hacer es sencillamente mandar (vos misma si te animás) una carta documento a Legales u otro Dpto. de la empresa diciendo.. que exigís la determinación del plazo de tu contrato o en su caso de las tareas que respectivas que determinan al mismo como Contrato Eventual en el plazo de 72hs bajo aparecibimiento de considerarte como empleado de tiempo indeterminado bajo las condiciones de la Ley. 20.744.
Ojalá te sirva de algo; saludos; y exitos.
Leonardo D. CÁRDENAS

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