Plazo para retirada de carnet

Quisiera saber si hay un plazo determinado para retiarme el carnet, es decir, la multa por infracción calificada de muy grve (circular a 94 en limitación max. 50) fue pagada en febrero 2007 y restados los 6 puntos correspondientes. Ahora marzo 2008, recibo propuesta de resolución para la retirada de carnet. ¿Es correcto? ¿Cuándo caduca el procedimiento? Gracias.

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¿Te puso la multa los mozos de escuadra? Pues bien, la ley dice que en el plazo de un año ha de ser resuelto el expediente administrativo, sin embargo el Servei Català es competente para imponer la sanción económica y los puntos, y al cabo de 6 meses, la Jefatura Provincial quita el carnet. Y dice el tribunal Constitucional que es perfectamente legal, que no son dos procedimientos administrativos sino uno solo, y que responde a la configuración del Estado de las autonomías.

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