Ocupación de un piso

Mi pregunta es la siguiente, es un caso en concreto de una persona que actualmente ocupa un piso el cual estaba abondonado antes de su llegada, y a través de los años, lo ha reformado, mejorado, paga la comunidad, etc y el dueño no apareció en todos estos años, parece que el dueño es un ingles de una edad muy avanzada (si ya no esta fallecido), esta situación se mantiene así, hace más de 7 años. ¿Hay un tiempo máximo para poder hacer los tramites legales para que la persona que actualmente lo ocupa y mantiene en perfecto estado (pagando los servicios, comunidad e impuestos)pueda escriturarlo a su nombre?, ¿Hay alguna ley que diga algo al respecto?.
Desde ya, muchas gracias.
Saludos

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Sería aplicable la prescripción adquisitiva de derechos, lo que se conoce como usucapión. Debe poseer con justo titulo, pública, pacifica y de buena fe, durante en este caso 20 años.
En caso de no tener titulo de propiedad serían 30 años. Art. 1.957, 1.958 y 1.959 del Código Civil.
El hecho de pagar recibos (comunidad, luz, etc) a nombre del que realiza la usucapión, a través de los años, es la forma de demostrar legalmente el uso de la propiedad, ¿verdad?.
Si, documentos, empadronamientos, testigos, son medios de prueba que acreditarán que has ocupado el piso a lo largo de tantos años.

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