¿Un Inquilino?

Tengo que esplicaros que en mi comunidad de vecinos, hace poco tiempo compraron el piso mde arriba, pero no sabemos nada de él, no tenemos ni siquiera un numero de contacto, bueno al tema, en el piso viven unos críos de corta edad entre 12 a 15 años que dan fistas molestan, incluso el otro día se dejaron el grifo del baño abierto (agua en común) y le calo al vecino de abajo.
Mi pregunta es ¿qué acciones podríamos emplear sobre ellos?

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En teoría la respuesta es clara.: El Artº 7.2º de la Ley de Propiedad Horizontal prohíbe a los propietarios desarrollar en su piso actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas e ilícitas.
El Presidente de la Comunidad requerirá, a iniciativa propia o a petición de cualquiera de los propietarios u ocupantes, a quien realice tales actividades la inmediata cesación de las mismas bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales de cesación, previo acuerdo de la JUnta de Propietarios, y de indemnización de daños y perjuicios, e incluso la privación del uso de la vivienda por tiempo no superior a 3 años.

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