Reunión de vecinos

Hola,
Las reuniones las he de convocar el presidente por su propia iniciativa o cuando 1/4 parte de los propietarios lo pidan ( o lo pidan aquellos propietarios cuyas cuotas de participación asciendan a un mínimo del 25%).
Por lo que en este caso no ha lugar a convocar la reunión solicitada ni siquiera puede este señor fijar el orden del día, no son sus competencias, un saludo.
Respuesta
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Este señor pide que se traten una serie de temas por escrito en la próxima reunión, que fijará el Presidente no él, eso no quiere decir que el escrito obligue a tratar esos temas se trata de una propuesta no de una obligación, si consideras que son importantes los incluyes en el orden del día, pero no olvides que es una petición, la ley hay que interpretarla en sentido estricto.

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