Escriturar tras separación

Con la sentencia registre la casa a mi nombre en el registro mi ex me cedió su parte a cambio de liberarlo de la hipoteca ¿tengo qué ir al notario también?

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Tienen acceso al registro de la propiedad los documentos notariales, judiciales y administrativos. Nos encontramos con una sentencia de un Juzgado de familia que a la hora de liquidar el régimen económico matrimonial, se te da la propiedad de la casa.
Esa sentencia, testimoniada y firme, la has liquidado del impuesto y la has inscrito en el registro de la propiedad, con lo cual, ya está a tu nombre y no tienes que hacer ningún trámite más.
Salvo enterate si tienes que presentarla al impuesto de plusvalía de tu ayuntamiento.
Pero de ir al Notario, nada, la sentencia judicial es tu escritura no notarial, sino judicial.

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