Selección de horario en reducción por guarda legal de personal estatutario interino del SAS

Hola, trabajo como interina sustituta desde hace mas de 5 años para el Servicio Andaluz de Salud. Hace 2 años tuve una hija y disfruté de reducción de jornada, permitiéndose me agrupar las horas en días competos porque vivo a 100 Km de mi centro de trabajo. Actualmente estoy nuevamente de baja por maternidad por parto múltiple y cuando he vuelto a comunicar que me reincorporaré en media jornada me han dicho que esta vez no va a ser como antes y que tendré que ir todos los días de 8 a 11 y media, lo cual me transtorna mucho pues me obliga a conducir todos los días 200 km, con la repercusión económica y el cansancio físico que eso conlleva. En la guía de permisos licencias del SAS he leído que la "reducción de jornada por guarda legal no es obligatorio que sea en el horario diario", pero claro no se si eso es decisión mía o del director medico.¿Que quiere decir esta frase concretamente?, porque yo interpreto que es posible la agrupación en días.... POr otro lado no me queda claro lo del derecho a decidir el horario.¿ Por ser empleada publica yo decido el horario o no tengo ese derecho. Me pueden obligar a ir un rato por las mañanas y luego volver otro rato por las tardes, obligándome a volver a mi ciudad entre esas horas para poder continuar con la lactancia de mis hijas?

Bueno, espero no haberos abrumado pero es que no entiendo tanto maltrato al trabajador!!!!

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