Cotización S.S. En excedencia por cuidado familiar

Mi mujer ha estado de excedencia por cuidados de un familiar durante dos años y ahora es muy probable que necesite pedir otra excedencia por otro familiar.

La Ley establece que la S.Social considerará como cotizado el primer año del periodo de permanencia en la excedencia por cuidados de un familiar.

Si a lo largo de la vida laboral se ha estado en esta situación de excedencia dos años por un familiar y más adelante otros dos años por otro familiar, ¿Se considera como cotizado sólo el primer año de la primera excedencia o el primer año de cada uno de los periodos de excedencia por diferente familiar?

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Es tal y como lo comentas. De cada excedencia por cuidado de familiar, el primer año se considerará cotizado a efectos de cálculo de prestaciones de jubilación, IP, maternidad, paternidad, muerte y supervivencia. En tu caso un año por cada excedencia.

Se trata de un proyecto que acaba de ver la luz y vuestro apoyo será fundamental para que pueda seguir funcionando, se trata de una web sólo para trabajadores.

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