Baja contrato fijo, alta nueva empresa discontinuo

Estoy contratado desde hace 5 años con contrato fijo en mi empresa.
Actualmente están pasando un mal momento en la empresa y nos han comentado de darnos de baja en esta empresa, crear una nueva, y hacernos un contrato fijo discontinuo y trabajaremos menos tiempo y el tiempo que no trabajemos nos mandan al paro.
¿Qué derechos tengo? ¿Puedo denegar el nuevo contrato y quedarme con el contrato fijo? ¿Me pueden despedir con o sin indemnización? ¿Si me despiden tengo paro? Estoy muy perdido y algo asustado...

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Tal cual defines la situación, entiendo que, al darte de baja en tu actual empresa y por tanto tu actual contrato, deben liquidarte todo lo correspondiente a tu período de 5 años de trabajo en ella y acorde al contrato que mantienes con ellos.
Esto lo pueden hace como despido procedente o improcedente habitualmente. La única diferencia es que improcedente (que seria lo ideal ) te liquidan bastante más dinero y en principio no tendrías muchas justificaciones por las que "defenderte".
Por otro lado lo de que trabajas con contrato "fijo" deberías matizar es se trata de indefinido (que es otra forma de contrato y la más corriente o parecida al casi inexistente "fijo") Pero ese detalle tampoco cambia mucho la cosa.
Para tranquilizarte te diré que sea como sea, al dar de baja la empresa y por tanto finalizar tu contrato con la misma, tienes tu derecho al paro y por supuesto tu liquidación y finiquito. Eso siempre lo vas a tener en tu caso, pues llevas 5 años y por tanto dispones de 2 años de paro.
En cuanto a la creación de una nueva empresa, implica una nueva captación de tus servicios y por tano un nuevo contrato laboral, solamente si a ti te apetece hacerlo. El cierre de la anterior empresa no te obliga a trabajar en la segunda que ellos monten.
No se si esto te ha servido de algo, al menos inicialmente. En cualquier caso, suerte y Feliz Año.
Hola Wottanson,
Muchas gracias por tu respuesta, y si, mi contrato es indefinido actualmente.
¿Qué me conviene más si me preguntan un despido procedente o improcedente? ¿Se qué el improcedente es el que me pagarían una indemnización no?
Me has ayudado mucho con tu respuesta.
Un saludo,
David.
Efectivamente, y hasta que se aplique del todo la nueva reforma laboral, te conviene más el improcedente de todas todas, ya que hasta no hace mucho eran 45 días por año trabajado lo que te tienen que liquidar, cosa que cambia con la nueva reforma creo que a 35 o 30 días por año.
No obstante, antes omití otra alternativa que podría usar vuestra actual empresa, que es un ERE. Si se acogen a eso, resultaríais con 20 días por año y parte de la liquidación os la tendrían que remunerar el fondo de garantía salarial. Que por cierto tardan lo suyo en abonarlo.
Pero por lo que me comentas al principio no parece ser la intención de la empresa.
Trata de negociar cone los un despido improcedente y que te arreglen debidamente los papeles para el paro y poder cobrar tu prestación de desempleo.
Y después, ya valorarás si te interesa y conviene que te contraten en esa nueva empresa y bajo ese régimen de contrato o buscar un nuevo empleo en otra empresa. Pero ojo con lo que firmas

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