Despido improcedente, es urgente por favor

Necesito saber cuantos días me corresponden por año trabajado de una indemnización por despido improcedente.
Mi código de contrato es a tiempo completo 189, soy indefinida.
Mi convenio es el de grandes almacenes
En mi contrato hay una clausula que dice:
"Cuando el contrato de extinga por causas objetivas y la extinción sea declarada improcedente, la cuantía de la indemnización a la que se refiere el artículo 53.5 del estatuto de los trabajadores, en su remisión a los efectos del despido disciplinario previstos en el articulo 56 del mismo texto legal, sera de 33 días de salario por año de servicio, prorraetandose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y hasta un máximo de 24 mensusalidades."
Si es despido improcedente, ¿y por tanto no tengo la culpa de ese despido no son 45 días por año trabajado?
Por otra parte, me caso y he presentado el papel del juzgado, he pedido un recibí como que lo he entregado, ¿si me echan antes de la boda... Me tiene que pagar esos 15 días?
¿Sobre qué cantidad calculo la indemnización?

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Esa cláusula es completamente nula y ellos lo saben. La ponen para que el empleado que la lea, como no sabe de derecho, se crea que no puede demandar. Esa cláusula viene a decir: "las leyes las pongo yo".
Por supuesto que si declaran tu despido improcedente no sólo te llevarás 45 días brutos con pagas extras por año, sino también los salarios de tramitación (tu salario completo de todo lo que dure el proceo).
Si te echan antes de la boda no te tienen que pagar esos 15 días. Para calcular el precio de un día de indemnización puedes dividir entre el nº de días del mes la base reguladora de una nómina de este año que no tenga bajas.
Participa en esta brevísima encuesta anónima sobre la aplicación real de los derechos de los trabajadores.
Gracias por tu respuesta, unas preguntas más:
La base reguladora es el concepto de base cont. Profes.?
¿De qué nomina se calcula? ¿De la ultima recibida?
Y lo último:
Mi contrato empezó el 14 de julio 2008, si me despiden el 28 septiembre de 2009, ¿me tienen que pagar 45 días por trabajar del 14 de julio 09 al 14 de julio 09 más los días proporcionales del 14 de julio al 28 de septiembre no?
Si ya disfruté mis vacaciones del 14 de julio 08 a 14 de julio 09, ¿tendrían qué meter también en el finiquito 2.5 días por mes que no he disfrutado que pertenece de vacaciones? Es decir, las vacaciones pertenecientes del 14 de julio 09 a 28 septiembre 09.
Gracias
La BR por contingencias comunes. De una de las últimas nóminas que no tenga bajas.
Has trabajado 14,5 meses, por tanto te corresponden 54,4 días de indemnización en total. De vacaciones te toca lo días que te den de restar 30 a los días de vacaciones que ya hayas disfrutado en el 2009, ya que la cuenta se hace por años naturales, no de fecha a fecha.
No olvides puntuar y finalizar la pregunta.

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