Base para el cálculo de indemnización

Me gustaría que me aclarses, por favor, que base tengo que utilizar par el cálculo de indemnizaciones de despido. Tengo entendido que se debe utilizar la base de cotización de contingencias comunes de las nominas de los 12 meses anteriores al mes en que se despide al trabajador. Pero utilizando esta base me sale mayor cantidad que la calculada por mi gestoría.
   -¿Se utiliza siempre la misma base independientemente del tipo de despido?
   -Basta para el cálculo utilizar sólo los 6 meses anteriores, ¿o deben ser obligatoriamente 12?
   -¿Hay qué incluir en el cálculo cualquier tipo de incentivo recibido en los últimos 6 / 12 meses y las horas extras? ¿No será la base de cotización para accidente laboral y enfermedad profesional la que hay que utilizar puesto que esta si que incluye las horas?
   - Y cambiando de tema, aprovechando tu amabilidad que debo hacer para corregir un error de la gestoría de haber calculado la cotización de las horas extras al 14 en vez de al 28,30 (puesto que no son horas de fuerza mayor sino estructurales).

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Para el cálculo de una indemnización por despido debes tener en cuenta el salario real actualizado, si estuvieras pendiente del incremento salarial por convenio se tendría en cuenta, así como si te hubieran subido el salario el último mes.
Si la base de cotización por contingencias comunes está calculada correctamente podrías tomar esta base para el cálculo (una de 30 días). A esta base tendrías que sumarle la media de horas extraordinarias realizadas en los últimos 12 meses. Y al resultado dividirlo entre 30 para tener el salario diario, este salario deberás multiplicarlo por los días que te correspondan de indemnización.
Al igual que debes sumar la media de horas extras deberías sumar la media de aquellos conceptos salariales recibidos en los últimos 12 meses.
Para corregir la cotización de unas horas extraordinarias puedes solicitarlo a la empresa o gestoría, la obligación de cotizar correctamente es de la empresa por lo tanto a ti nadie podría reclamarte, si quieres que la cotización sea correcta la empresa debe realizar un boletín de cotización complementario para abonar la diferencia, en caso de negarse podrías informar a la inspección de trabajo.

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