Despido por jubilación

Buenos días, le expongo brevemente el caso.
Mi padre tiene un restaurante con local en propiedad, con 2 empleados.
A los cuales hay que liquidar cuando le llegue la jubilación, ¿qué liquidación les corresponde por jubilación?(Lógicamente no pregunto por una cantidad, tengo expertos que me dicen que 1 mes porque es por jubilación y otros 20 días por año trabajado)
¿Va a aquilar el local, si lo alquila otra sociedad pero con la misma actividad tiene obligación de integrarlos en la plantilla, aunque estos están cobrando el desempleo?(También me han comentado que si el local va a seguir con la misma actividad debe estar cerrado 6 meses, sino podrían acusarlo de traspaso en cubierto)
Estoy un poco liada, espero me ayude.
A la espera de su respuesta, Gracias.
Respuesta
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¿En cuánto a lo del traspaso, alquiler, cierre? No puedo ayudarte. En cuanto a la extinción de los contratos por jubilación del empresario, la indemnización será de 1 mes (art. 49.1.g del Estatuto de los Trabajadores).

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