¿Matrimonio civil o pareja de hecho?

Tengo un piso a mi nombre, que me han regalado mis padres. A parte tengo una vivienda a medias con mi pareja, que es donde vivo. ¿Qué es mejor matrimonio o pareja de hecho, de cara a no perder ese piso regalo de mis padres, en caso de un posible divorcio en el futuro? ¿Con un matrimonio lo perdería?

2 respuestas

Respuesta
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Imagino que ya sabrá que si se casan pueden hacerlo en separación de bienes y lo que esté a nombre de cada cual, solo es suyo.
O casarse en gananciales y lo que se adquiera cuando ya estén casados es de los dos.
Pero en el caso que nos expone da lo mismo.
Puede seguir como pareja, o pareja de hecho, o casarse... de cualquier forma... da lo mismo.
Porque si dos personas se casan lo que tuvieran estando solteras no entran en el régimen matrimonial. Solo entra lo que se adquiera tras el matrimonio.
Pero además, aunque estuvieran casados, en caso de herencias o donaciones de los padres, como es este caso, es de cada uno.
Las herencias no entran en gananciales. Son personales.
Así que da lo mismo lo que hagan, o si siguen igual.
Su pareja nunca tendrá ningún derecho sobre lo que sus padres le dejen en herencia o le donen.
Si elijo casarme con separación de bienes, tengo que hacer algo, ¿o es sólo marcar una casilla?
Han de ir a un notario y hacer una escritura pública en la que especifiquen que se van a casar y que desean que el matrimonio se rija por la más absoluta separación de bienes.
Luego, cuando se casen, lleva al registro civil esa escritura y la inscribe.
Un saludo y no olvide fiNALIZAR LA PREGUNTA.
¿Y esto cuanto puede costar aproximadamente?. ¿Depende de los bienes que tengas en común o en solitario con la pareja?
¿Te puedes dar de alta como pareja de hecho y después de unos años casarte por lo civil?. En caso de poder, tienes derecho a cogerte los 15 días de permiso una sola vez, ¿o cuántas veces te cases? (Con la misma pareja)
Las tarifas de los colegios de notarios dependen de sus respectivos colegios y en cada comunidad o capital correspondiente son diferentes.
Pero no es gran cosa, puede ser unos 50 euros.
Además, no hay que detallar nada. Lo que está en común, en común está. Y seguirá estándolo.
Y lo que es de cada uno, de cada uno es, y seguirá estándolo.
La escritura es solo para que a partir del matrimonio lo que se compre, será de aquel a nombre de quien se ponga.
Respecto a lo de darte de alta como pareja y más tarde casarte, pues claro que puedes.
Pero lo de los días de vacaciones, ni idea.
Soy experto en temas de herencias aunque te haya contestado a lo de casarte en separación de bienes, pero en derecho laboral, estoy pez.
Puedes p`preguntar en la sección correspondiente.
En Humanidades hay dos: Una "Derecho" y otra "graduado social".
Los graduiados sociales son abogados laboralistas y están al tanto de la leguislación laboral.
Respuesta
Aclárame en que país vives.
Soy de Córdoba, Andalucía, España.
Si estás en España aunque te cases, el piso que está a tu nombre, seguirá siendo solo tuyo, es un bien propio, y si lo vendieras para mejorar u otra cosa, se debe aclarar en la escritura que pertenece a un bien propio y seguirá siendo tu dinero.

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