Disposición Cuenta bancaria

Buenos días,

desearía una solución a este caso:

cuenta con dos titulares con firma indistinta,uno de los titulares fallece y el otro renuncia en la escritura de partición a

el saldo inventariado en la cuenta siendo su titularidad meramente formal...este otro titular que renuncia a dicho saldo es uno de los herederos.

Dicho titular y a la vez heredero,posteriormente a renunciar a los saldos, dispone de fondos de la cuenta...¿De quien es la responsabilidad de que cambie la masa hereditaria del banco o del heredero que dispuso de la cuenta?

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La respuesta es obvia, del heredero que ha contravenido el principio ínsito en el art. 7.1 del Código Civil, por el que nadie puede ir contra sus propios actos, es decir, no puede afirmar en documento previo que renuncia a algo y posteriormente presentarse en la entidad financiera donde se encuentran los fondos que el manifestó renunciar y retirarlos. Puede ser demandado judicialmente por los otros coherederos.

Ruego cierre y valore

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