Tengo un aviso de una carta certificada de un notario

Hace unos 25 años mi suegro en aquel entonces dejo un garaje a la que hera mi mujer en su día se vendió pero no se escrituro ahora me llama un notario y me dice que tengo que firmar la venta pues era gananciales ¿si es una herencia también es ganancial? ¿Hace 9 años que estoy separado y sigue martirizándome puedo hacer caso omiso de la carta no e firmado nada del aviso de correos y, o, puedo negarme?

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Primero decirle que su imagen me gusta. Así me gusta. Español, coño.

Bueno, ahora vamos a lo suyo.

Las herencias no entran en gananciales, por ello, el garaje que heredó su mujer es solamente suyo.

Usted como marido podría tener algo de derecho en caso de herencia, pero como ella está viva, no hay herencia.

Y si realmente están separados LEGALMENTE, ya no tiene nada que ver en este tema.

Por otro lado, el recibir la carta no le compromete a nada.

Puede hacerlo con tranquilidad.

Lo raro es que el notario se la manda. Puede ser que su ex no le haya dicho que están separados.

También puede ser que un error de un funcionario pusiera en el registro civil que el garaje es de los dos. Son cosas que suelen pasar por malas interpretaciones (muy normales).

Lo que vale es lo que esté inscrito en el registro de la propiedad.

Y debería estar solo a nombre de su mujer.
Pero a veces, en la escritura del notario de aceptación de la herencia, pone: fulana, casada en gananciales con don fulano.

Y el funcionario, pone los dos nombres sin darse cuenta como propietarios.

A mi me ha pasado.

En este caso es su mujer la que debe hacer las gestiones pertinentes de subsanar el error.

Pero claro, le es más fácil, que usted vaya a firmar, antes de meterse en sacar escrituras, certificados, hacer recurso al registro, esperar la resolución... etc.

Y si hay un comprador esperando, pues lógicamente le corre prisa.

Yo le aconsejaría que vaya al notario, exponga la situación y seguro que lo soluciona.

Y si ella quiere seguir, pues vale.

A usted le llaman a firmar porque aparecerá en le registro como copropietario.

Al 50%.

Pues que le paguen la mitad del dinero de la venta y en paz.

Es la ley.

El comprador ha de pagar a los dos propietarios mitad por mitad.

Un saludo y si no tiene más que añadir, le ruego ME FINALICE LA PREGUNTA para que se me quede libre.

Hasta otra.

Muchísimas gracias por su tiempo y gracias también por lo claro que se explica es una gran ayuda poder contar con usted muy agradecido Fernando

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