Titulo herencia

Mi padre murió hace 20 años y mi madre en su día hizo las particiones de la herencia (ella quedó como usufructuaria), pasándolas por registro para cada uno de sus cinco hijos. Los "títulos-escrituras" que la dieron en el Registro de dicho reparto, se los quedó ella y no los repartió. Mi madre murió el año pasado y los últimos años de su vida estuvo viviendo con uno de mis hermanos. Dicho hermano, ahora es el que tiene los títulos del resto de hijos y dice que no los reparte a no ser de que le firmemos un papel como que le 'dejamos' todo el dinero que tenían mis padres.
Mis preguntas son:
¿Es legal lo que está haciendo mi hermano?
¿Qué tengo que hacer para que mi hermano cambie de opinión y me dé mi escritura?
¿Cómo puedo obtener la escritura de la parte que me tocó si no me la da mi hermano?
¿Puedo actuar en la parte que me tocó (hacer una reforma en una casa), aunque no tenga la escritura en mi poder?
Respuesta
1
Si en su día uds. hicieron unas escituras ante notario, lógicamente ud. puede, por sí solo, ir a esa notaría y pedir una copia autorizada de la misma. Con esta copia, si ud. se adjudicó algún bien, deberá ir al Registro de la propiedad para poner lo que le corresponda a su nombre. Todo esto lo puede hacer sin necesitar nada del resto de sus hermanos.
Por supuesto que no tiene porqué firmar nada a su hermano en cuanto al dinero de sus padres.
En fin, de todo esto puede informarse en la web www.aherencias.es
Gracias por la respuesta.
De las respuestas que me han dado, entiendo que en cuanto registre a mi nombre la propiedad que me tocó en su día, puedo hacer y deshacer en ella lo que quiera sin contar con mi hermano. ¿Correcto?
Y en cuanto al dinero, ¿debería repartirse a partes iguales entre los 5 hermanos? Mis padres no dejaron nada hecho en cuanto al tema del dinero...
Si este hermano se niega a hacer esto último (repartir el dinero entre los 5 hermanos) ¿Debería ser un juez el que lo dictamine o se podría hacer de manera independiente con el banco como con el tema de las escrituras?
Gracias y un saludo.
Si la propiedad le tocó a ud. en exclusiva, podrá hacer lo que quiera con ella. Eso sí, debe hacer constar el fallecimiento de su madre para que no se inscriba el usufructo a su favor.
En cuanto al dinero, los bancos suelen exigir que vayan todos los herederos de común acuerdo. Si su hermano se empeña en no querer repartirlo tendrán que hacerlo judicialmente. Le aconsejo que vaya a los bancos donde haya dinero para que sepan el fallecimiento de su madre y no se pueda sacar dinero.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas