Pagos a deducir de herencia

Hola: mi madre es usuaria de una plaza plublica en una residencia y tiene la ley de dependencia concedida, pero ahora nos dicen que el precio que pagábamos hasta la fecha ha cambiado y que a partir de enero con la nueva ley es otro y que también tenemos que pagar los atrasos desde que está en la residencia hasta la fecha, que suponen más de 7.000 euros. Con la pensión que mi madre tiene no cubre la cuota mensual de la residencia le faltan unos 300,- ; de ésta diferencia mensual y del pago de de los atrasos me hago cargo yo, y mi pregunta es: Si estos pagos podrían ser deducidos de la parte que les corresponde a mis hermanos en la herencia y si es así como he de hacer para poder justificar en su momento que los he realizado yo. Gracias de antemano por tu colaboración.
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Para poder deducirlos, debe dejar constancia escrita de que ese dinero se lo presta a su madre con cargo a sus bienes, y en el momento en que haya una sucesión, pedir que antes de repartir la herencia se liquiden las deudas existentes, entre las que se incluye el préstamo. Respecto a cómo hacerlo, lo mejor es que consulte a un Notario y que lo haga en escritura pública.

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