Hola. Quisiera saber si hay algún tipo de caducidad para poder reclamar una herencia. Se trata de un abuelo materno que falleció hace años. Su heredera legitima (es decir, mi madre) también está fallecida, y mi pregunta es si tengo derecho a reclamar la parte que me corresponde de mi madre.
Pues si que tiene derecho. Y las herencias son reclamables hasta 30 años. Ese plazo es muy ampliable si ningún heredero ha hecho nada. Por otro lado, decirle que como la gente tiene la costumbre de casarse en gananciales, pues la mitad de cada piso, parcela o terreno es del marido y la mitad es de la mujer. O sea, que tiene dos herencias por delante. No una sola. La del abuelo y la de la abuela. Necesita: 1º certificado ORIGINAL de defunción. Puede conseguirlo en el registro civil de la población donde fallecieron. Pero seguramente le van a pedir hasta la fecha. En aquellos tiempos no estábamos informatizados, así que es bastante laborioso buscar en los libros. 2º con ese certificado va a los juzgados de su ciudad. A secretaría, y solicita un "certificado de últimas voluntades". En este certificado dice si hizo o no testamentop, y si lo hizo, ante que notario y en que fecha. 3º- Si hizo testamento, pedírselo al notario. Si no hizo testamento, hay que ir a un juzgado a hacer la declaración de herederos. Son los pasos imprescindibles. Luego ya, ver lo que pueda componer la herencia y seguir el proceso. Bueno, un saludo y si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.