Vender piso

Hola! Mis padres compraron un piso en el 1970. En la escritura esta el nombre de mi padre.Al fallecer mi padre ahora queremos vender el piso.Soy hijo único.Lo que pasa es que estando yo en alemania no puedo preocuparme por venderlo.Mi madre esta en españa para venderlo.Que es lo que tenemos que hacer para que todo vaya correcto. ¿Tengo qué hacer yo la declaración de herederos? Muchas gracias por la respuesta

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Respuesta
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Lo primero, decirle que hay unos pasos imprescindibles.
Sin ellos no puede hacer nada.
Y hay que ir paso a paso.
Primero conseguir certificado original de defunción.
Con ese certificado ir a la secretaría del ministerio de justicia y solicitar un "certificado de últimas voluintades".
Todo esto puede hacerlo cualquiera. Su madre por ejemplo.
En este certificado dice si su padre hizo o no testamento y si lo hizo, ante que notario.
Si hizo varios a lo largo de su vida, el válido es el más reciente.
Sin los dos certificados mencionados, todas las puertas las encontrará cerradas.
Ahora, sabiendo si hizo o no testamento:
1- Si no hizo testamento, el único heredero de su padre es usted (que es hijo único).
2- Si hizo testamento, ha de ir al notario que ponga el segundo certificado y pedir copia del testamento.
Desde luego, los notarios son muy celosos con el "secretismo".
Ni una palabra van a soltar si no va usted en persona.
Aunque tal vez acepte que vaya su madre con un poder notarial que usted le otorgue.
Normalmente en las embajadas, se lo van a poder hacer.
Si no hay testamento tiene que ir usted a un notario y hacer la declaración de herederos.
Si hay testamento no hace falta hacerla.
Tanto si hay testamento como si no, su madre (si no estaba separada de su padre), le corresponde el usufructo de un tercio de la herencia.
Con la declaración de herederos o el testamento y los dos certificados (que ya digo que son imprescindibles hasta para coger un taxi), van a un notario a firmar la escritura de aceptación de herencia.
Esta escritura se lleva al registro de la propiedad que inscribe el piso a nombre del nuevo propietario.
Y ya puede vender.
Sin la escritura de aceptación de herencia no puede inscribir el piso a su nombre.
Y si no está a su nombre, no puede venderlo.
Otro tema es decirle que hacienda da seis meses de plazo para el pago de los impuestos de sucesiones.
Aparte de que pasados dos o tres años, llega la multa por defraudación que suelen ser bastante altas.
Le aconsejo que se ponga en marcha ya.
Bueno, yo creo que no me dejo nada, pero si quiere puntualizar algo no tiene más que indicármelo.
Un saludo y si no va a añadir más, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.

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